¿Los instructores crean todas las imágenes necesarias (gran cantidad de) por su cuenta para propósitos de tutoriales?

Soy instructor de un curso de aprendizaje automático y necesito hacer una presentación sobre todas las arquitecturas o modelos recientes. Tengo que incluir muchas imágenes de varios trabajos de investigación y necesito mantenerlas públicas en mi sitio web para que todos los estudiantes las estudien.

Para mantener los detalles sobre los modelos y las arquitecturas, pensé en usar diagramas que describieran las arquitecturas de varios trabajos de investigación disponibles y usarlos en mi tutorial. Pero después de leer sobre las reglas y las infracciones de derechos de autor, llegué a la conclusión de que es posible que no se me permita usar esas imágenes directamente en mis tutoriales. Aunque puedo citar el documento que contiene las imágenes, será difícil para los estudiantes seguir el tutorial si no mantengo las imágenes en secuencia.

Con este contexto, no dudo si puedo colocar imágenes como esta en tutoriales que pretenden mantener en público para uso posterior de los estudiantes.

Entonces, como instructor, ¿necesito hacer las imágenes por mi cuenta para cada arquitectura y modelo que voy a discutir? Si es así, sería mucho tiempo.

¿Es necesario hacerlo públicamente visible, en lugar de compartirlo solo con los estudiantes que toman el curso?
¿Has pensado en pedir permiso a los distintos autores?
¿Qué significa "recortar una arquitectura"?
Parece ser sinónimo de "modelo", que no son imágenes. ¿Quiere decir que desea extraer un diagrama publicado de un artículo revisado por pares y ponerlo en sus diapositivas?
@Azor Lo más probable es que sea algo como esto: en.wikipedia.org/wiki/Convolutional_neural_network#/media/…
@GoodDeeds ¿Es eso un sí a mi segunda pregunta?
@GoodDeeds Es una costumbre en mi instituto mantener las diapositivas en el blog de perfil personal. La mayoría de las personas no son cautelosas con las infracciones de derechos de autor. Quería obtener una claridad al respecto.
@EricTowers Entonces necesito contactar al menos con docenas de autores. Todavía no preparé los tutoriales antes mencionados.
@ AzorAhai-him: me refiero a tomar una captura de pantalla de la imagen. Sí, quiero extraer de un documento revisado por pares.
@hanugm Edité su pregunta para aclararla, revísela.
"Aunque puedo citar el documento que contiene las imágenes, será difícil para los estudiantes seguir el tutorial si no mantengo las imágenes en secuencia". No entiendo este punto, ¿a qué te refieres?

Respuestas (5)

Para obtener asesoramiento legal del que pueda estar seguro, consulte con alguien apropiado en su escuela. Comience con el presidente de su departamento.

Dicho esto, la práctica académica común dice que puede utilizar las imágenes como parte del material didáctico que proporciona a sus alumnos, debidamente reconocido, por supuesto. Es posible que no pueda usarlos en algo que publique.

La parte importante: " debidamente reconocido ".
Tenga en cuenta que poner contenido en la Internet pública (en lugar de un sistema interno al que solo pueden acceder sus estudiantes) es más probable que se considere una "publicación" (y haga que cualquier defensa basada en el uso justo/trato justo sea más complicada) si alguien realmente decidió emprender acciones legales.
La excepción académica/educativa para el uso de material protegido por derechos de autor no es ilimitada. Tampoco es un uso justo, como comento para otra respuesta.
Estoy listo para apostar una cerveza a que tanto el jefe del departamento como el departamento legal responderán "no está claro; solo tenga cuidado y no los use".
@FedericoPoloni Seguro que el abogado diría eso. La silla podría decir "Lamento que hayas preguntado". No aceptaré tu apuesta. El OP ha editado la pregunta para especificar la visualización en su sitio web. Hay enlaces a los originales estaría bien.

Incluso si alguien quisiera quejarse y/o demandar (y no lo hará), esto casi seguramente caería dentro del "uso justo" (o equivalente en otros países). Está utilizando una pequeña parte del trabajo protegido por derechos de autor con fines didácticos, lo cual está permitido, por lo que ni siquiera necesita enviar por correo todas las revistas.

Por otro lado, el "uso justo" no se aplicaría si desea publicar su conferencia (como libro, artículo de revisión, etc.); en ese caso, la práctica es obtener permiso para todas las imágenes de la revista que las publicó. .

El "uso justo" no es un derecho ilimitado en ninguna parte que yo sepa. Una imagen puede interpretarse como una "obra" en sí misma, independientemente de cualquier artículo en el que aparezca y, por lo tanto, puede ser la "obra completa" la que se copia, no una "pequeña porción". Cuidado con las suposiciones fáciles. Las imágenes de Mickey Mouse, por ejemplo, pueden causarle problemas. Abogados vigilantes con mucho dinero.

Sobre el uso justo :

El uso justo es una doctrina legal que promueve la libertad de expresión al permitir el uso sin licencia de obras protegidas por derechos de autor en determinadas circunstancias. La Sección 107 de la Ley de derechos de autor proporciona el marco legal para determinar si algo es un uso justo e identifica ciertos tipos de usos, como críticas, comentarios, informes de noticias, enseñanza, becas e investigación, como ejemplos de actividades que pueden calificar como justo. usar. La sección 107 exige la consideración de los siguientes cuatro factores al evaluar una cuestión de uso legítimo:

  1. Propósito y carácter del uso, incluso si el uso es de naturaleza comercial o tiene fines educativos sin fines de lucro: los tribunales analizan cómo la parte que reclama el uso justo está utilizando el trabajo protegido por derechos de autor, y es más probable que determinen que los usos educativos y no comerciales sin fines de lucro son justos Sin embargo, esto no significa que toda la educación sin fines de lucro y los usos no comerciales sean justos y que todos los usos comerciales no sean justos; en cambio, los tribunales sopesarán el propósito y el carácter del uso frente a los otros factores a continuación. Además, es más probable que los usos “transformadores” se consideren justos. Los usos transformadores son aquellos que agregan algo nuevo, con un propósito adicional o un carácter diferente, y no sustituyen el uso original de la obra.
  2. Naturaleza del trabajo protegido por derechos de autor: este factor analiza el grado en que el trabajo que se usó se relaciona con el propósito de los derechos de autor de fomentar la expresión creativa. Por lo tanto, es menos probable que el uso de una obra más creativa o imaginativa (como una novela, una película o una canción) respalde un reclamo de uso legítimo que el uso de una obra fáctica (como un artículo técnico o una noticia). Además, es menos probable que se considere justo el uso de una obra inédita.
  3. Cantidad y sustancialidad de la parte utilizada en relación con el trabajo protegido por derechos de autor en su conjunto: bajo este factor, los tribunales analizan tanto la cantidad como la calidad del material protegido por derechos de autor que se utilizó. Si el uso incluye una gran parte del trabajo protegido por derechos de autor, es menos probable que se encuentre un uso justo; si el uso emplea solo una pequeña cantidad de material protegido por derechos de autor, es más probable el uso justo. Dicho esto, algunos tribunales han determinado que el uso de una obra completa es justo en determinadas circunstancias. Y en otros contextos, se determinó que usar incluso una pequeña cantidad de una obra protegida por derechos de autor no era justo porque la selección era una parte importante, o el “corazón”, de la obra.
  4. Efecto del uso sobre el mercado potencial o el valor del trabajo protegido por derechos de autor: aquí, los tribunales revisan si, y en qué medida, el uso sin licencia daña el mercado actual o futuro del trabajo original del propietario de los derechos de autor. Al evaluar este factor, los tribunales consideran si el uso está perjudicando el mercado actual de la obra original (por ejemplo, al desplazar las ventas del original) y/o si el uso podría causar un daño sustancial si se generalizara.

Además de lo anterior, un tribunal también puede considerar otros factores al sopesar una cuestión de uso justo, según las circunstancias. Los tribunales evalúan los reclamos de uso justo caso por caso, y el resultado de cualquier caso depende de una investigación específica de los hechos. Esto significa que no existe una fórmula para garantizar que un porcentaje o cantidad predeterminados de una obra, o un número específico de palabras, líneas, páginas, copias, puedan usarse sin permiso.

Sería mejor agregar cómo se aplica esto en la situación del OP. Parece relevante, pero no está claro qué conclusiones sacar desde la perspectiva de la pregunta.
DE ACUERDO; eso tiene sentido. Gracias por la aclaración. Para explicar más: Sí; existe algo así como "uso justo" y en los Estados Unidos está codificado por ley. Está cubierto el uso de algunas obras protegidas con fines educativos, sin embargo, hay un GRAN asterisco: Jurisprudencia. No es tan simple. Al leer la sección anterior que seleccioné para su inclusión, vemos repetidamente que se delinea este concepto de uso justo, pero también vemos repetidamente que los recursos externos, es decir, el resultado de casos pasados, es un conocimiento esencial. No es tan sencillo como podríamos imaginar.

No, esto no se espera.

Los instructores maduros a menudo confían en sus propias publicaciones/materiales para mostrar cosas, de lo contrario, la forma más común de hacerlo es recortar/capturar datos y proporcionar una referencia al documento en la misma diapositiva similar a cómo lo haría si incluyera este material en, digamos, un artículo de revisión.

Soy más particular sobre este tipo de cosas que la mayoría de mis colegas, pero mi entendimiento actual es, esencialmente:

  1. Si es de dominio público, puede usarlo en sus charlas (aunque técnicamente esté ganando dinero de esa manera) siempre que acredite adecuadamente a los autores . En la mayoría de los casos, sería solo una referencia; algunos recursos como wikipedia brindan instrucciones más explícitas sobre las atribuciones adecuadas, si este es el caso, sígalas en su lugar.
  2. Si obtuvo este conocimiento en otro lugar (como cuando era contratista), pregunte si está bien usarlo primero con fines educativos. Algunas áreas, como la medicina, son particularmente sensibles a esto, ya que tratan con datos personales.
  3. Si lo usa fuera de los cursos educativos y ha decidido escribir un libro sobre el tema con la intención de venderlo eventualmente, se vuelve más complicado y estricto, aunque en la academia se aplica en gran medida lo mismo: muchos editores/revistas tendrían pautas sobre uso, sin embargo, facilitando esta tarea.
  4. Si partes de este curso van a la industria y comienza a usar gráficos en los productos que está enviando, es casi seguro que es un gran no. Puede que nadie venga a por ti durante un tiempo, pero aun así... No hagas eso.

Obligatorio No soy abogado .

TL;DR: No, a menos que convierta este curso en un libro o intente ganar dinero con él fuera de la academia; en este caso, se necesitaría más precaución/atención. Utilizar mejor los recursos de dominio público.

Soy instructor de un curso de aprendizaje automático y necesito hacer una presentación sobre todas las arquitecturas o modelos recientes. Tengo que incluir muchas imágenes de varios trabajos de investigación y necesito mantenerlas públicas en mi sitio web para que todos los estudiantes las estudien.

No, no lo haces, y probablemente no deberías hacerlo. El material de su curso debe estar detrás de algún tipo de muro que solo permita que lo tengan aquellos que tienen derecho a él. La mayoría de las instituciones de educación superior tienen un Sistema de Gestión de Aprendizaje (LMS) que facilita esto.

Si utiliza un sistema de este tipo, las imágenes ya no son públicas , sino que tienen una distribución mucho más limitada y, por lo tanto, las afirmaciones de uso justo son más legítimas (aunque no siempre ciertas).