A los efectos de reclamar una pérdida por hecho fortuito en las declaraciones de impuestos, ¿pueden valorarse las acciones a su par actual o su valor es solo el que tenían en el momento de la pérdida?
Mi situación es que tengo acciones que estaban en manos de una empresa que quebró debido a un fraude. El síndico de la quiebra ha valorado la pérdida de los titulares de la cuenta, incluyéndome a mí, según el valor de sus tenencias en el momento de la quiebra . Entonces, en otras palabras, mis acciones valían, digamos, $100,000 en el momento de la quiebra, por lo que, según el síndico, mi reclamo contra la empresa es por esa cantidad.
Sin embargo, a efectos fiscales, eventualmente podré declarar una pérdida por hecho fortuito porque hubo fraude. Reclamaré esta pérdida cuando se resuelva la quiebra. Entonces, por ejemplo, digamos que en el acuerdo obtengo $50,000. Entonces, contra mi reclamo de acreedor he perdido $50,000. Sin embargo, digamos que el valor de las acciones perdidas ha subido a $300,000 mientras tanto.
¿Puedo reclamar una pérdida de $250,000 al IRS, o solo puedo reclamar la pérdida del acreedor de $50,000?
Más información
Tenga en cuenta que esta pregunta gira en torno a la deducción de pérdidas por hechos fortuitos .
Las pérdidas por robo generalmente son deducibles en el año en que descubre que la propiedad fue robada, a menos que tenga una perspectiva razonable de recuperación a través de un reclamo de reembolso. En ese caso, no hay deducción disponible hasta el año contributivo en el que pueda determinar con certeza razonable si recibirá o no dicho reembolso .
Debido a esto, no puedo estimar la pérdida hasta que se resuelva la quiebra. La guía del IRS dice lo siguiente:
El monto de su pérdida por robo generalmente es la base ajustada de su propiedad porque el valor justo de mercado de su propiedad inmediatamente después del robo se considera cero.
Entonces, todo se reduce a cómo se calcula la "base ajustada".
Nota: No tengo stock en la empresa. Tenían las acciones y otros activos para mí y otros clientes como fideicomisarios. ROBARON acciones y dinero de sus clientes. Aparentemente, planeaban volver a comprarlo más tarde para que nadie lo supiera, pero se declararon en bancarrota antes de que eso sucediera. Entonces, los otros clientes y yo esencialmente tenemos un reclamo sobre una empresa en bancarrota. Eventualmente, cuando se resuelva la bancarrota, los clientes recuperarán una fracción de sus activos. Para los activos no monetarios (como acciones), el síndico de la quiebra los ha valorado a su valor de mercado en el momento de la quiebra.
Usted no es la persona o entidad contra la que se cometió el delito, por lo que la deducción de pérdidas por hechos fortuitos (robo) no se aplica aquí. Debe informar esto como una pérdida de capital, de la misma manera que lo hicieron todos los accionistas de Enron en sus declaraciones de impuestos de 2001. Su base de costo es lo que pagó originalmente por las acciones. El valor final es presumiblemente cero. Puede declarar una pérdida de capital máxima de $ 3000, por lo que si su pérdida de capital neta para el año es mayor que eso, tendrá que transferir el resto a los años siguientes.
La publicación 547 del IRS establece:
Disminución del valor de mercado de las acciones. No puede deducir como pérdida por robo la disminución en el valor de mercado de las acciones adquiridas en el mercado abierto para inversión si la disminución es causada por la divulgación de un fraude contable u otra mala conducta ilegal por parte de los funcionarios o directores de la corporación que emitió las acciones. Sin embargo, puede deducir como pérdida de capital la pérdida que sufre cuando vende o intercambia las acciones o las acciones pierden todo su valor. Usted informa una pérdida de capital en el Anexo D (Formulario 1040). Para obtener más información sobre ventas de acciones, acciones sin valor y pérdidas de capital, consulte el capítulo 4 de la Pub. 550.
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