Implicaciones fiscales de los ingresos 1099 a través del límite del año

Hice un trabajo de consultoría para un antiguo empleador durante el año fiscal 2014. Lo hice en dos lotes (A y B, digamos), uno en septiembre y otro en noviembre. Eran para secciones separadas de la empresa, por lo que se facturaron por separado a diferentes personas.

Avance rápido hasta hoy. Me pagaron el monto mayor, el segundo lote, en diciembre, y claramente eso pertenece a 2014. Hoy descubrí que me pagaron el mismo monto mayor por segunda vez (por ACH en mi cuenta más grande, que no es de uso diario). , por lo que no me di cuenta inmediatamente), también en diciembre de 2014. En cambio, no me han pagado la cantidad menor.

Claramente necesito pagar al menos la diferencia (BA), pero me preocupan las implicaciones fiscales. Es casi seguro que este año (2015) estoy subiendo de categoría impositiva (tanto debido al trabajo de consultoría adicional como a un aumento significativo en el nuevo trabajo), por lo que, si es posible, me gustaría mantener los ingresos de ambos trabajos en 2014.

Si pago el monto total y luego me pagan por separado por el trabajo más pequeño en 2015, ¿esto traslada los ingresos a 2015? Si en cambio solo pago la diferencia de los dos, ¿eso me permite mantener los ingresos en 2014? ¿O los ingresos se mantienen en 2014 independientemente de que el trabajo se haya realizado en ese momento? ¿Tengo razón al creer que el segundo pago no necesita declararse como ingreso, dado que fue un error y tengo la intención de devolverlo (y lo haré a principios de este año)?

Y finalmente, dado que se espera que haga suficiente trabajo para compensar la diferencia en CY2015, si me dan la opción de trabajar solo con la diferencia [lo que puede simplificar las cosas por su parte], ¿tiene esto un impacto? como resultado, la cantidad total estaría sujeta a impuestos en 2014, o solo la cantidad 'correcta' pertenecería allí?

La cantidad no es terriblemente grande, miles de un solo dígito, si eso es relevante. Es 1099, por lo que pagaré impuestos del lado del empleador, si la respuesta no es la misma entre FICA y 1040 impuestos, pero es ingreso personal (no tengo una corporación).

Respuestas (1)

Respuesta corta: la empresa te dará un formulario 1099 de 2014 con las cantidades pagadas, así que asegúrate de que tu declaración de impuestos coincida.

Respuesta más larga: comuníquese con su departamento de recursos humanos y avíseles sobre el sobrepago, y pregúnteles si está bien que les reembolse la diferencia adeudada (y luego se le pagará en su totalidad). Hágales saber que desea hacer esto para que todos los ingresos se informen en 2014 y pídales que verifiquen dos veces sus 1099 antes de enviarlos e informar para asegurarse de que el error se manejó correctamente.

Pagarlos en 2015 está bien, eso no debería hacer una diferencia para ellos. Puede preguntarles si les ayuda si fecha el cheque 31/12/2014.

Hmm, buen punto sobre el 1099 de 2014. No estoy seguro de si se dan cuenta del pago doble; es posible que el 1099 informe solo un pago, así que lo verificaré. ¡Gracias!