¿Cuáles son las obligaciones morales, religiosas y promisorias de los canonistas?

  1. Cuando los abogados canónicos son acusados ​​de

    asesorar a las personas sobre cómo ejercer sus derechos [como católicos] y cumplir con sus obligaciones de acuerdo con el derecho [canónico]

  2. y el derecho canónico se define como

    opera al servicio de la Iglesia que tiene responsabilidades sobrenaturales... [y es] la expresión legal de la voluntad de Cristo para su Iglesia

  3. y, sin embargo, uno no necesita ser llamado a las órdenes sagradas (ser sacerdote) para ser un abogado canónico

es natural cuestionar las obligaciones morales, religiosas y promisorias de los canonistas.

  1. Moraleja - ¿Deben los canonistas vivir de acuerdo con el derecho canónico para ejercer lícitamente? Si no, ¿hay una ley menor por la cual deben vivir?
  2. Religiosos: ¿los abogados canónicos deben ser católicos con buena reputación?
  3. Promisorio: ¿los abogados canónicos deben hacer un juramento antes de obtener la licencia? En caso afirmativo, ¿qué incluye ese juramento?

Fuente de citas

Solo como un recurso interesante, también podría estar interesado en canonlawmadeeasy.com
Soy una persona razonable. Por favor, dime por qué votaste negativo; Trabajaré para mejorar la pregunta.
No veo nada malo en ello.
El abogado de Canon Ed Peters tiene muchos recursos excelentes en su sitio: canonlaw.info
@Geremia Gracias. Ese es el sitio que en realidad vinculé para mi fuente. Tal vez debería buscar un poco más en el sitio y ver qué puedo encontrar.

Respuestas (2)

Como dije en mi respuesta a otra pregunta, el significado del término "abogado canónico" no está muy claro. Me concentraré en las obligaciones para obtener el grado académico correspondiente (licencia en derecho canónico) y las para ser "abogado" en los términos del CIC. Los defensores son los descritos por la primera cita en la pregunta.

licenciado en derecho canónico

Para obtener una licenciatura en derecho canónico hay que estar matriculado en una facultad eclesiástica. Los requisitos esenciales para ello están definidos en el artículo 31 de la constitución apostólica Sapientia christiana (SC) :

Arte. 31. Facultates Ecclesiasticae omnibus patente, sive clericis sive laicis, qui, legitimo testimonio praediti, vitae moribus ac studiis praeviis idonei sint ut Facultati adscribantur.

Artículo 31. Las Facultades eclesiásticas están abiertas a todos, sean eclesiásticos o laicos, que legalmente puedan dar testimonio de llevar una vida moral y de haber realizado los estudios previos propios para ingresar en la Facultad.

La frase "ominibus [...], sive clericis sive laicis," ("todos, ya sean eclesiásticos o laicos") claramente incluye a todos los católicos pero incluso a todos los cristianos (por ejemplo, los protestantes son laicos). No está claro si los no cristianos están incluidos o no. Supongo que están incluidos y "sive clericis sive laicis" solo da ejemplos. En la nueva constitución Veritatis gaudium (VG), que se dictó el 8 de diciembre de 2017 y que sustituirá a SC con el inicio del curso académico 2018-2019 o 2019 (artículo 88), se suprimieron las palabras ", sive clericis sive laicis". en el nuevo artículo 31 (el resto del artículo se mantiene igual).

La otra obligación cuestionada es la moral. La constitución dice "qui, legitimo testimonio praediti, vitae moribus" ("quien puede legalmente dar testimonio de llevar una vida moral"). Este testimonio está definido por el artículo 26 de las normas de aplicación de VG (casi idéntico para el artículo 24 SC):

Arte. 26. § 1. Legitimum testimonium ad normam art. 31 Constitutionis: 1° de vitae moribus, pro clericis, sacrorum alumnis et personis consecratis datur a proprio Ordinario vel Hierarcha, Superiore vel ab eorum delegato; pro ceteris a quodam eclesiástico;

Artículo 26. § 1. La documentación legítima, a que se refiere el artículo 31 de la Constitución: 1. Sobre la vida moral del estudiante: para clérigos, seminaristas y Religiosos, debe ser dada por su propio Ordinario, Jerarca o Superior, o por uno delegada por ellos; para todas las demás personas, por alguna persona de la Iglesia;

Entonces el estudiante necesita testimonio sobre su vida moral "por alguna persona de la Iglesia". No sé qué requisitos exactos tiene que cumplir.

defensor

Los requisitos para ser abogado de parte en un proceso están definidos en el can. 1484 CIC :

Poder. 1483 El procurador y el abogado deben haber alcanzado la mayoría de edad y ser de buena reputación; además, el abogado debe ser católico, a menos que el obispo diocesano permita otra cosa, doctor en derecho canónico o de otro modo verdaderamente experto, y aprobado por el mismo obispo.

Entonces, la única obligación moral es "tener buena reputación", lo que, creo, es menos que un testimonio sobre la vida moral. El abogado debe ser católico, pero el obispo puede prescindir de eso (por ejemplo, si se necesita abogado con urgencia). Además tiene que ser aprobado por el obispo, pero no encontré ningún juramento que deba hacer (ni en el CIC ni en Dignitas Conubii ), salvo juramentos de secreto.

Muchas gracias. Acerca de lo que esperaría, pero algunos giros que no hice.

De acuerdo con los objetivos de una [quizás de solo tres] escuelas de derecho canónico en América del Norte, la Universidad Saint Paul en Ottawa, Canadá, el objetivo de la Facultad de Derecho Canónico es:

Siguiendo los deseos de Juan Pablo II en la Constitución Apostólica Sapientia Christiana del 15 de abril de 1979, la Facultad de Derecho Canónico cultiva y promueve las disciplinas jurídicas a la luz del derecho del Evangelio. Instruye a sus alumnos en estas disciplinas, a fin de formar investigadores, profesores universitarios y de seminarios, y otros que serán capacitados para ocupar cargos eclesiásticos especiales, tales como cargos de cancillería y tribunales, y para servir como asesores de obispos y comunidades religiosas.

Por tanto, quienes obtengan el grado de Licenciado en Derecho Canónico (JCL), programa eclesiástico regido por la Constitución Apostólica Sapientiae christiana y la posterior legislación y normas de la Santa Sede, podrán llegar a ser investigadores, profesores universitarios y de seminarios, y otros que serán capacitados para ocupar cargos eclesiásticos especiales, como la cancillería [la oficina administrativa de una diócesis o un departamento de la Curia Romana que ahora tiene la responsabilidad de emitir bulas para establecer nuevas diócesis, beneficios, etc.] y cargos en los tribunales, y servir como asesores de los obispos y comunidades religiosas . Y ejerzan su profesión a la luz de la ley del Evangelio .