¿A qué altura se convierte en territorio internacional/espacio ultraterrestre, en lugar de territorio aéreo controlado por el Estado?

Según el Derecho Internacional, ¿hasta qué altura se extiende la jurisdicción de un estado? ¿Existe un límite definido establecido mediante tratados o sentencias judiciales?

Después de llegar a ese límite, ¿nos encontramos en el espacio exterior regulado por la ley espacial? ¿Existe una capa de espacio internacional, regulada por otros tratados?

Esta es una pregunta muy práctica: ¿A qué altura pueden ascender/descender naves espaciales o satélites lanzados sin violar el territorio aéreo de un estado soberano?

Una búsqueda en Google mostrará muy rápidamente que el límite oficial del espacio está en 100 km. Creo que una mejor pregunta sería a qué altura se convierte en territorio internacional, antes de llegar al límite del espacio.
Tienes razón, he modificado la pregunta para preguntar también sobre ese aspecto.
esto tiene alguna información relevante.

Respuestas (2)

La regla general en este tipo de cuestiones es que si está en órbita, entonces no tienes que preocuparte por viajar por otros países, y si aún no está en órbita, debes pedir permiso al país en el que te encuentres. volando a través Por esta razón, y por razones de seguridad en general, la mayoría de las naves espaciales se lanzan desde la costa. Por lo tanto, el país debajo de él todavía mantiene un vuelo suborbital, pero no lo sería un vuelo orbital.

Por supuesto, al igual que los barcos, los vehículos en órbita están sujetos a su nación registrada, pero ese es otro tema completamente diferente.

Algunas otras cosas de cierto interés:

  1. Los satélites geoestacionarios se rigen teóricamente por el país alrededor del cual orbitan, hasta cierto punto. Sin embargo, los países que han tratado de mantener este reclamo no pueden hacerlo cumplir, por lo que no ha sido un problema importante. Los países ecuatoriales intentan hacer tales afirmaciones, pero en realidad no se pueden hacer cumplir, así que...
  2. Una vez que vaya más allá de la superficie de la Luna, la ley internacional sobre qué frecuencia puede usar ya no se aplica. Sin embargo, si planea responder a la Tierra, debe coordinar. Esto podría usarse para un radar de propósito especial en órbita alrededor de Marte, por ejemplo.
Lamento saltar a una publicación anterior, pero los detalles aquí no son precisos. Su punto general acerca de no preocuparse por el sobrevuelo en el espacio es correcto, pero el GEO, la frecuencia y las cosas más allá de la órbita de la luna no tienen base en ninguno de los tratados existentes o en el derecho consuetudinario. He tratado de establecer las cosas en mi propia respuesta.

No existe una definición acordada internacionalmente de "espacio ultraterrestre" o una delimitación entre el espacio ultraterrestre y el espacio aéreo. El Tratado del Espacio Exterior de 1967 no contiene una definición del término "espacio exterior". Esto fue intencional, porque los estados tienen una libertad de acción significativamente mayor en el espacio ultraterrestre que en el espacio aéreo. Específicamente, el Tratado del Espacio Exterior establece la libertad de uso y acceso en el espacio exterior, mientras que el espacio aéreo es territorio soberano. La conclusión es que puedes sobrevolar otro país si lo haces en el espacio exterior, pero no si lo haces en el espacio aéreo. Por esa razón, algunos países han impedido intencionalmente la formación de una definición acordada internacionalmente del espacio ultraterrestre para mantener la libertad de acción en actividades muy bajas pero básicamente en órbita.

En la práctica, sin embargo, estos casos extremos no son nada comunes y la falta de una delimitación entre el espacio exterior y el espacio aéreo no ha causado ningún problema práctico. Esa es otra razón por la que algunos países no ven la necesidad de responder a la pregunta.

Sin embargo, hay países que han adoptado una definición para sus propios fines legales. Estas definiciones generalmente siguen un enfoque basado en la altitud (generalmente siguiendo la línea de Karman) o un enfoque funcionalista, según el cual el espacio ultraterrestre se considera la altitud a la que es posible el vuelo orbital sin la utilización de la sustentación atmosférica, o algo por el estilo. Pero todas estas definiciones varían y no existe un estándar internacional.

Con respecto a los objetos en GEO, los estados (aquí me refiero a países) ubicados debajo de ellos NO tienen ningún tipo de reclamo legal o jurisdicción. Algunos países intentaron argumentar esto hace un tiempo, y todos esos argumentos han sido rotundamente rechazados . Los satélites de comunicaciones en GEO están sujetos a las reglas de asignación de frecuencias y orbitales establecidas por la Unión Internacional de Telecomunicaciones, además de estar regulados por su estado de lanzamiento, a menos que las operaciones hayan sido transferidas a una entidad ubicada en otro estado. En caso contrario, se aplican las normas generales sobre libertad de uso y acceso establecidas en el Tratado del Espacio Exterior.

Entonces, para simplificar: si vas hacia arriba y hacia abajo (más o menos), a nadie le importará más que al país desde el que lanzas. Si superas la línea del karma, algunos países pensarán que te fuiste al espacio exterior, pero bueno, tienes libertad de uso y acceso allí de todos modos. Si desea sobrevolar un país, debe estar inequívocamente en el espacio exterior, lo suficientemente alto como para orbitar un poco sin propulsión o efectos de sustentación, o a una altitud que el país en cuestión considere como espacio exterior.

+1 aunque ¿qué pasa con la fase suborbital, es decir, independientemente de si es un cohete de sondeo o la primera/segunda etapa de un vehículo orbital? ¿Se envían embajadores para intercambiar palabras si hay un sobrevuelo de un vehículo suborbital?
Buena pregunta. En todos los casos que conozco, el estado de lanzamiento proporciona una notificación previa al estado de sobrevuelo. Esta es una cortesía, y también permite que el estado de sobrevuelo emita un NOTAM en caso de un percance que pueda afectar la aviación. Pero la interpretación más común de la "libertad de acceso" a las disposiciones espaciales del Tratado del Espacio Exterior es que legalmente NO TIENES que obtener el consentimiento para sobrevolar mientras estés de camino al espacio. No estoy seguro de que alguna vez haya surgido un sobrevuelo para un lanzamiento no orbital.
Para el país sobrevolado, desde una perspectiva práctica, "seguramente" haría una diferencia si "en camino al espacio" significara "solo sobrevuela en una misión exitosa después del agotamiento de la última etapa" en lugar de "sobrevuela antes del agotamiento de la etapa y/o en escenarios de fallas"
Absolutamente. ¡Hasta donde yo sé, esto solo ha surgido unas pocas veces! Algunos vuelos desde Florida sobrevuelan Cuba (aunque más ahora que SpaceX está probando una nueva trayectoria), pero por lo demás, la mayoría de los lanzamientos con origen en EE. UU. no sobrevuelan a nadie. Una lancha estadounidense mató una vaca cubana una vez. Mmm. Los lanzamientos de la ESA no sobrevuelan, los lanzamientos chinos no, los lanzamientos rusos no, los lanzamientos japoneses no, los lanzamientos de Corea del Sur no. Israel se lanza hacia el oeste a propósito para evitarlo. Quién más... en realidad no estoy seguro de las trayectorias iraníes.
Esto es lo que estaba pensando: ¿alguna idea sobre su autenticidad? estrategiapage.com/htmw/htspace/articles/20161219.aspx
Interesante. La posición generalmente aceptada para eso probablemente sería que no es ilegal sobrevolar de esa manera, pero que el estado de lanzamiento es "estrictamente responsable" por cualquier daño causado en tierra (o en la aeronave). Así que tienen que pagar una compensación hayan o no hecho algo "malo". SpaceX también ha dejado caer algunas etapas en las aguas de las Bahamas, que legalmente es lo mismo que el territorio terrestre, pero no ha dañado nada. Es una práctica bastante mala hacer esto si no está notificando, no sé si China lo hace.
PD: No hay motivo para dudar de la autenticidad. Suena como algo que sucedería, asumiendo que la trayectoria tiene sentido.