Ciudadano estadounidense, trabaja para una empresa estadounidense, vive en México: ¿Dónde pago impuestos?

Similar a esta pregunta , pero soy un ciudadano estadounidense que se está mudando a México, pero conservando mi ciudadanía estadounidense y mi empleo. Estaré en México con una visa de Residencia Temporal (válida por un año, renovable hasta 4 años, luego convertible a Residencia Permanente).

¿Dónde debo pagar impuestos?

Fácilmente podría no cambiar nada y continuar pagando los impuestos de EE. UU., que actualmente se retienen de mi cheque de pago como de costumbre, etc.

Pero sospecho que esta no es la forma correcta de hacer las cosas.

Respuestas (3)

Pero sospecho que esta no es la forma correcta de hacer las cosas.

Deberías pagar impuestos en los EE. UU. (eres residente de los EE. UU. por ciudadanía) y en México (probablemente seas residente mexicano a efectos fiscales).

Hay un tratado fiscal entre los EE. UU. y México , que probablemente lo afectará. Además, debe recordar la exclusión de ingresos extranjeros y el crédito fiscal extranjero , las obligaciones FBAR y FATCA , y varias diferencias en impuestos (por ejemplo, ser propietario de un fideicomiso de condominio mexicano puede costar caro en la declaración de impuestos de EE. UU., o no , eso es algo nuevo).

Sugiero hablar con un CPA experto en asuntos fiscales de EE. UU. y México, puede encontrar muchos en los estados del sur (CA, AZ, NV, NM, TX, etc.).

@littleadv tiene buenos consejos aquí.

Lo más probable es que deba impuestos a ambos países, pero la pregunta es "¿cuánto?"

Tengo esto para agregar:

La Publicación 54 del IRS trata sobre los impuestos estadounidenses de los estadounidenses que viven en el extranjero.

En particular, el Capítulo 2 cubre el tema de la retención del empleador y menciona un Formulario 673 que podría presentar ante un empleador para reducir la retención si de hecho es elegible para la Exclusión de ingresos devengados en el extranjero que existe en el entendimiento de que vivir en un país extranjero significa que ya paga impuestos extranjeros. Básicamente, debe poder demostrar que realmente vive en un país extranjero y paga impuestos allí, en lugar de simplemente poseer una propiedad o ser un visitante allí. Una forma alternativa de calificar es pasar 330 días al año en un país extranjero.

Aquí hay un extracto relevante de la publicación del IRS:

Retención del Impuesto sobre la Renta

Los empleadores de EE. UU. generalmente deben retener el impuesto sobre la renta de EE. UU. del pago de los ciudadanos estadounidenses que trabajan en el extranjero, a menos que la ley extranjera exija al empleador que retenga el impuesto sobre la renta extranjero.

Exclusión de ingresos ganados en el extranjero. Su empleador no tiene que retener los impuestos sobre la renta de los EE. UU. de los salarios que gana en el extranjero si es razonable creer que los excluirá de los ingresos bajo la exclusión de ingresos del trabajo en el extranjero o la exclusión de vivienda en el extranjero.
Su empleador debe retener impuestos de cualquier salario que gane por trabajar en los Estados Unidos. Declaración. Puede dar una declaración a su empleador indicando que espera calificar para la exclusión de ingreso del trabajo en el extranjero bajo la prueba de residencia de buena fe o la prueba de presencia física e indicando su exclusión de costo de vivienda estimado. El formulario 673 es una declaración aceptable. Puede usar el Formulario 673 solo si es ciudadano estadounidense. No es necesario que utilice el formulario. Puede preparar su propia declaración. Vea una copia del Formulario 673, más adelante.
Por lo general, su empleador puede suspender la retención una vez que presente la declaración que incluya una declaración de que la declaración se hizo bajo pena de perjurio. Sin embargo, si su empleador tiene razones para creer que usted no calificará ni para el ingreso del trabajo en el extranjero ni para la exclusión de vivienda en el extranjero, su empleador debe continuar con la retención.
Para determinar si su ingreso del trabajo en el extranjero supera el límite de la exclusión del ingreso del trabajo en el extranjero o la exclusión de vivienda en el extranjero, si su empleador tiene alguna información sobre el pago que recibió de cualquier otra fuente fuera de los Estados Unidos, su empleador debe tomar esa información en cuenta.

O simplemente ponga grandes asignaciones en W4 y termine con eso. ¿Por qué hacer cosas complicadas cuando hay opciones simples?
Eso también podría funcionar, siempre que sea razonable. Puede ser difícil llegar a cero retenciones sin marcar la antigua casilla "exento", y en ese momento ciertamente pueden surgir preguntas sobre si alguien está realmente "exento", por lo que también puede completar un formulario que exponga el razonamiento.

Diría que sus impuestos se pagarán al país donde se generaron, lo que significa que si sus ingresos provienen del trabajo en EE. UU. y se depositan en una cuenta de EE. UU., debe pagar esos impuestos al gobierno de EE. UU. en méxico para un cliente mexicano, que te está pagando en pesos o depositado en una cuenta bancaria mexicana, debes pagar impuestos ISR, ese es el impuesto sobre la renta y tal vez algo de IVA, también si pagas impuestos mexicanos, es posible que te devuelvan los impuestos ya que algunos de su personal sería pagado en dólares, solo no olvide solicitar una factura mexicana a su número de identificación fiscal

Esta respuesta parece bastante equivocada (vea las excelentes respuestas ya publicadas con referencias); reconsidere si debe brindar asesoramiento fiscal si no está seguro de la respuesta.