Vive en Florida y trabaja a distancia para una empresa de Nueva York. ¿Debo impuestos sobre la renta del estado de Nueva York?

He estado en Florida durante los últimos 3 años y medio y sigo pagando los impuestos del estado de Nueva York con el dinero que gano para una empresa para la que trabajo de forma remota y que está en Nueva York. ¿Debería pagar impuestos del estado de Nueva York sobre estos ingresos? ¿O no necesito pagar impuestos del estado de Nueva York porque vivo en Florida?

Nuestro contador de Nueva York dice que debo seguir pagando ya que la empresa está fuera de Nueva York, sin embargo, otros dicen que no necesito pagar. Por favor, indique cuál es el correcto. Gracias.

¿Quién es "Nuestro contador de Nueva York"? ¿Es el contador de su familia o de la empresa que lo emplea?
Estoy trabajando de forma remota y pago impuestos solo en el estado en el que realmente vivo, pero mi empleador tiene oficinas en este estado, lo que puede o no marcar una diferencia en la forma en que se enruta el dinero. Sugeriría preguntarle al departamento de recursos humanos de su empleador; es parte de su trabajo saber este tipo de cosas.
@keshlam HR nunca responderá este tipo de preguntas. No están en posición de brindar asesoramiento fiscal o decidir si el empleado tiene exposición de residencia o no.
En mi experiencia, RR.HH. a menudo tiene una buena cantidad de pistas sobre lo que es probable que se necesite. Ciertamente dirán "consulte a un experto", pero pueden estar dispuestos a decir "Probablemente" o "Probablemente no".
¿Es usted un empleado W2 o 1099?
@keshlam Como se indica en las dos respuestas a continuación, las reglas de Nueva York difieren de la mayoría de los estados en este tema, por lo que si su empleador no está en Nueva York, su situación será diferente. Además, como observa, incluso con NY, importa por qué está trabajando de forma remota y si el negocio tiene oficinas de buena fe cerca de su hogar.
....entonces, ¿terminaste pagando el impuesto sobre la renta de la ciudad de Nueva York?
Así que vivo y trabajo en Tampa, Florida, para una empresa llamada Legends Hospitality. Tengo una pregunta: la sede de Legends se encuentra en Nueva York y me pregunto si eso significa que ciertas leyes se rigen por la ley de Nueva York. Recibí mi último cheque de pago, bueno, pensé que era mi último cheque de pago porque ahora estoy esperando que me paguen mi PTO y tengo curiosidad por saber cuánto tiempo tienen para extenderme un cheque por el resto del PTO no utilizado. ? Para el contexto, me pagan cada dos martes. ¡Cualquier ayuda con el asunto sería muy apreciada!

Respuestas (2)

El estado de Nueva York es uno de los pocos estados que perseguirá los impuestos a los teletrabajadores (de modo que algunas personas pueden terminar pagando el doble de impuestos incluso si no viven en Nueva York).

Hay algunas maneras de evitar esto. Si NUNCA viene a trabajar a Nueva York y su empleador puede estipular que su puesto solo está disponible para cubrirse de forma remota, es probable que esté cubierto. Pero hay una gran cantidad de factores relacionados con esto, como si el empleador le reembolsa por su oficina en casa y si mantiene "registros comerciales" en su oficina.

Siempre que pueda documentar fácilmente los factores en TSB-M-06(5)I, no debería tener que pagar impuestos del estado de Nueva York.

(fuente: he trabajado con un abogado de impuestos del Estado de Nueva York como empleador para lidiar con este escenario exacto).

La situación descrita en el artículo no se aplica al OP. Está en Florida, no trabaja a distancia una o dos veces por semana, es un empleador remoto.
Incluso si nunca pone un pie en el estado de Nueva York y vive en un lugar totalmente diferente, según la conveniencia de la prueba del empleador, aún pueden gravar sus ingresos de las fuentes de Nueva York. No es solo para personas que trabajan desde casa ocasionalmente. Si el Estado de Nueva York determina que el aspecto "remoto" de su trabajo no es de buena fe, puede considerarlo un ingreso del Estado de Nueva York.
¿Y nadie los llevó a SCOTUS por eso? Difícil de creer.
@littleadv en.wikipedia.org/wiki/Edward_Zelinsky "Edward Zelinsky es un erudito fiscal en el tema de la ley fiscal de los Estados Unidos... En 2003, desafió al Estado de Nueva York por su llamada 'conveniencia del empleador' doctrina que permitió a Nueva York participar en lo que Zelinsky y otros han alegado es una doble tributación inconstitucional de los teletrabajadores. El caso, Zelinsky v. Tax Appeals Tribunal, fue denegado certiorari por la Corte Suprema de EE. UU. después de que la Corte de Apelaciones de Nueva York fallara en contra de Zelinsky. "

Esta pregunta volvió a surgir ( Vivir en Florida trabajando de forma remota - El empleador de Nueva York retiene los impuestos del Estado de Nueva York - ¿Correcto o incorrecto? ) y el póster de la nueva versión no encontró que las respuestas existentes fueran adecuadas, así que estoy agregando una nueva respuesta.

NYS gravará estos ingresos si el arreglo es para la conveniencia del empleado . Si el arreglo es necesario para completar el trabajo, entonces no debe pagar impuestos del Estado de Nueva York.

El estado de Nueva York grava todos los ingresos salariales y salariales de origen neoyorquino de empleados no residentes cuando el arreglo es por conveniencia y no por necesidad (Leyes de Nueva York, § 601(e), 20 NYCRR 132.18).

Fuente: http://www.journalofaccountancy.com/issues/2009/jun/20091371.html

También se puede encontrar un texto similar aquí: http://www.koscpa.com/newsletter-article/state-tax-consequences-telecommuting/

El documento fiscal del estado de Nueva York que rige esta situación parece ser TSB-M-06(5)I . Miré esta página de NYS que se mencionó en la respuesta de @littleadv. A primera vista, ese lenguaje parece conducir a una respuesta diferente, pero el fallo en el memorando fiscal parece decir que si está fuera del estado solo por su conveniencia, entonces los servicios se prestaron en el Estado de Nueva York con fines fiscales. De la nota:

Sin embargo, cualquier concesión reclamada por los días trabajados fuera del estado de Nueva York debe basarse en la prestación de servicios que por necesidad, a diferencia de la conveniencia, obligan al empleado a realizar tareas fuera del estado al servicio de su empleador.