Si alguien pudiera reclamarme como dependiente, pero no lo hará, ¿debo marcar la casilla "Alguien puede reclamarme..." en mi 1040?

Digamos que un adulto vive con sus padres. Cumple con todas las pruebas para ser dependiente de sus padres. Ahora digamos que quiere presentar una declaración de impuestos y reclamar el Crédito de reembolso de recuperación , ya que no recibió ninguno de los pagos de estímulo en 2020. Sus padres deciden no reclamarlo como dependiente en sus impuestos. ¿Puede dejar sin marcar la casilla "Alguien puede reclamarme como dependiente" en su declaración de impuestos y reclamar el Crédito de reembolso de recuperación?


Esto no se aplica a mí, pero podría aplicarse a muchas personas este año, con el nuevo Crédito de reembolso de recuperación que pone a las personas en una situación en la que podría ser ventajoso no ser reclamado como dependiente.

Sorprendentemente, las Instrucciones del Formulario 1040 no brindan ninguna orientación sobre cómo marcar esta casilla de ninguna manera, que pueda encontrar. He visto afirmar muchas veces en respuestas y comentarios aquí en Money.SE que debido a que el formulario dice: "Alguien PUEDE reclamar...", la casilla debe marcarse si alguien realmente los reclamará o no. Pero aún no he encontrado esto explícitamente declarado en ningún sitio web o publicación oficial del IRS. La respuesta ideal aquí citará una fuente oficial.

¿Qué tal "Bajo pena de perjurio, declaro que he examinado esta declaración y los anexos y declaraciones que la acompañan y, según mi leal saber y entender, son verdaderos, correctos y completos"?
@shoover No estoy sugiriendo que nadie mienta o haga trampa. Lo que estoy buscando es una explicación explícita de una fuente oficial sobre para qué sirve este cuadro, más allá de las palabras en el formulario en sí. Todos los demás elementos del formulario tienen explicaciones muy detalladas en las instrucciones, pero este no.
¡Gran pregunta! Con el contexto dado del Crédito de reembolso de recuperación, descubrí que irs.gov/newsroom/recovery-rebate-credit usa una redacción diferente. Usted es elegible si "no es dependiente de otro contribuyente para el año fiscal 2020". En particular, esa redacción no incluye el tipo de frase "si puede ser reclamado, incluso si no lo es". Pero luego, las instrucciones y la hoja de trabajo para la línea 30 del 1040 vuelven a "¿ puede ser reclamado..." Hay mucha confusión entre "son dependientes", "pueden ser reclamados" y "han sido reclamados". ¡Aaargh!
@DougDeden: La ley fiscal (26 USC 152) lo define como "un dependiente" de alguien si cumple con las condiciones para reclamarlo como dependiente, incluso si en realidad no lo reclaman.
@BenMiller-RememberMonica: "Pero aún no he encontrado esto explícitamente declarado en ningún sitio web o publicación oficial del IRS". En ausencia de evidencia en contrario, se supone que las palabras tienen su significado normal en inglés. Aquí, el significado simple de la palabra "puede" indica que pueden reclamarlo, sin importar si realmente lo reclaman. Por lo tanto, no sería necesaria ninguna declaración explícita adicional si este fuera el significado pretendido. No hay ambigüedad aquí.
@user102008 Si quiere volverse pedante, no puede ser reclamado si alguien no ingresa su nombre y número de seguro social en su formulario de impuestos.
@Ben, hay bastantes líneas en el formulario para las que no hay instrucciones detalladas, cuando el formulario en sí se explica por sí mismo, como en este caso.

Respuestas (3)

Una pregunta interesante. De hecho, pude encontrar un documento oficial del IRS que decía que la casilla debe estar marcada. Sin embargo, no se encuentra entre las publicaciones normales del IRS "orientadas al usuario" orientadas a los contribuyentes. Más bien, es este documento el que aparentemente es parte de los materiales de capacitación para la Asistencia Voluntaria de Impuestos sobre la Renta (VITA), un programa del IRS que brinda ayuda voluntaria a las personas que hacen sus impuestos. En la página 5-1 (página 67 en el PDF), el documento dice (énfasis agregado):

Para reclamar una exención personal, el contribuyente debe poder responder "no" a la pregunta inicial, "¿Alguien puede reclamarlo a usted o a su cónyuge como dependiente?" Esto se aplica incluso si otro contribuyente en realidad no reclama al contribuyente como dependiente. En este caso, el contribuyente deberá marcar la casilla del Formulario 1040 que indica que puede ser reclamado como dependiente.

Ahora, esto está hablando de exenciones, pero está claro que el documento está vigente porque está marcado como 2020 y también porque dice:

La deducción por exenciones personales está suspendida (reducida a $0) para los años fiscales 2018 a 2025 por la Ley de Empleos y Reducción de Impuestos. Aunque el monto de la exención es cero, la capacidad de reclamar una exención puede hacer que los contribuyentes sean elegibles para otros beneficios fiscales.

Para mí, lo crucial es que la primera cita anterior no solo dice "el contribuyente no puede reclamar la exención", sino que en realidad dice "el contribuyente debe marcar la casilla". Entonces, aunque esto en una sección sobre exenciones, que se eliminaron efectivamente en 2017, es bastante claro que en realidad está diciendo que no puede dejar la casilla en blanco y, por lo tanto, no puede reclamar ninguno de los "otros beneficios fiscales" a los que podría tener derecho. (como el Crédito de Reembolso de Recuperación).

Es extraño que esto no se diga tan explícitamente en las publicaciones normales del IRS que están orientadas a los contribuyentes en lugar de a los voluntarios de asistencia fiscal, pero creo que este documento puede considerarse autorizado, ya que es efectivamente el IRS que les dice a los voluntarios qué decirles a los contribuyentes cuando ayudan. ellos llenan sus formularios de impuestos. Como se describe aquí , el propio IRS garantiza que el programa es "una fuente confiable y confiable para preparar declaraciones de impuestos" y el documento vinculado es una publicación real del IRS.

¡Muchas gracias por encontrar esto! Un aspecto interesante se encuentra en el siguiente párrafo del documento: Si la persona que “puede” reclamarlo tiene un ingreso lo suficientemente pequeño como para no estar obligado a presentar una declaración (incluso si presenta una declaración), entonces usted no marque esta casilla.
Estoy de acuerdo en que es extraño que esta regla no se explique en ningún otro lugar.
@BenMiller-RememberMonica: Creo que el comentario que cita en realidad dice que si no está obligado a presentar una declaración de impuestos, no puede reclamar a ningún dependiente (es decir, no solo "no reclamar a esta persona" sino "no puede reclamar a esta persona"), aunque espero que eso también se aclare en otras publicaciones.

Creo que, legalmente hablando, está claro que la persona no es elegible para el Crédito de Reembolso de Recuperación. 26 USC 6428 (d) (así como la sección correspondiente de 26 USC 6428A para la segunda ronda agregada recientemente ) dice:

A los efectos de esta sección, el término "individuo elegible" significa cualquier individuo que no sea-

[...]

(2) cualquier persona física con respecto a la cual se permita una deducción conforme a la sección 151 a otro contribuyente para un año fiscal que comience en el año calendario en el que comienza el año fiscal de la persona, y

Tenga en cuenta que dice "permitido". 26 USC 151 (c) "permite" deducciones de exención (que se ha reducido a cero para 2018 a 2025) para dependientes:

(a) Asignación de deducciones

En el caso de un individuo, las exenciones dispuestas por esta sección se permitirán como deducciones en el cómputo de la renta gravable.

[...]

(c) Exención adicional para dependientes

Una exención del monto de la exención para cada individuo que sea dependiente (según se define en la sección 152) del contribuyente para el año contributivo.

Y 26 USC 152 define "dependiente" como alguien que cumple ciertas condiciones como hijo calificado o pariente calificado, sin importar si alguien realmente lo reclama como dependiente (es decir, independientemente de si alguien tomó la deducción de exención de la sección 151 para ellos) O no.

Entonces, en su ejemplo, la persona cumple con las pruebas para ser dependiente de sus padres, por lo que es un "dependiente" de su padre como se define en 26 USC 152. 26 USC 151 "permite" que sus padres tomen una deducción de exención (que es actualmente 0) para él. Independientemente de si los padres eligen realmente tomar una deducción de exención por él (reclamándolo como su dependiente), esto aún no cambia el hecho de que se les permite tomar la deducción. Dado que la deducción es "admisible" para los padres de él, la persona no es una "persona elegible" para el Crédito de Reembolso de Recuperación.

Para que esta persona pueda reclamar el Crédito de reembolso de recuperación en su formulario 1040 de 2020, línea 30, tendría que completar la Hoja de trabajo de Crédito de reembolso de recuperación en las instrucciones de la línea 30. La primera pregunta en la hoja de trabajo es "¿Puede ser reclamado como un dependiente en la declaración de 2020 de otra persona?" con respuestas Sí y No. Para que pueda reclamar el crédito, tendría que responder No. No creo que honestamente pueda responder No si cumple con las condiciones para ser reclamado como dependiente, incluso si nadie realmente lo reclama. .

¡Gracias por profundizar en el código fiscal para nosotros! Tu interpretación me parece razonable.

La razón por la que la § 151 (relacionada con las exenciones) entra en juego al determinar si marcar la casilla "Alguien puede reclamar: Usted como dependiente" es porque la § 63(c)(5) del Código de Rentas Internas dice: "En el caso de un individuo con respecto al cual una deducción bajo la § 151 sea admisible a otro contribuyente para un año contributivo que comience en el año calendario en el cual comienza el año contributivo del individuo, la deducción estándar básica aplicable a tal individuo para el año contributivo de dicho individuo no excederá.. .."

§ 151(c) permite a los contribuyentes individuales una exención "para cada individuo que sea dependiente (como se define en la sección 152) del contribuyente para el año fiscal".

§ 152 dice: "Para los fines de este subtítulo, el término "dependiente" significa: (1) un hijo calificado, o (2) un pariente calificado".

(c)(1) En general El término “hijo calificado” significa, con respecto a cualquier contribuyente para cualquier año fiscal, un individuo— (A) que tiene una relación con el contribuyente descrito en el párrafo (2), (B) que tiene el mismo domicilio principal que el contribuyente durante más de la mitad de dicho año fiscal, (C) que cumple con los requisitos de edad del párrafo (3), (D) que no ha aportado más de la mitad de los ingresos propios de dicha persona manutención para el año calendario en el que comienza el año contributivo del contribuyente, y (E) que no ha presentado una declaración conjunta (que no sea solo para un reclamo de reembolso) con el cónyuge del individuo bajo la sección 6013 para el año contributivo que comienza en el año calendario en que comienza el año contributivo del contribuyente. (2) Relación A los efectos del párrafo (1)(A), una persona tiene una relación con el contribuyente descrita en este párrafo si dicha persona es: (A) hijo del contribuyente o descendiente de dicho hijo, o (B) hermano, hermana, hermanastro o hermanastra del contribuyente o un descendiente de cualquiera de tales parientes. (3) Requisitos de edad (A) En general Para propósitos del párrafo (1)(C), un individuo cumple con los requisitos de este párrafo si dicho individuo es más joven que el contribuyente que reclama a dicho individuo como hijo calificado y— (i) ha no haya cumplido 19 años al cierre del año natural en que se inicie el año contributivo del contribuyente, o (ii) sea estudiante que no haya cumplido 24 años al cierre de dicho año natural. o hermanastra del contribuyente o descendiente de cualquiera de dichos parientes. (3) Requisitos de edad (A) En general Para propósitos del párrafo (1)(C), un individuo cumple con los requisitos de este párrafo si dicho individuo es más joven que el contribuyente que reclama a dicho individuo como hijo calificado y— (i) ha no haya cumplido 19 años al cierre del año natural en que se inicie el año contributivo del contribuyente, o (ii) sea estudiante que no haya cumplido 24 años al cierre de dicho año natural. o hermanastra del contribuyente o descendiente de cualquiera de dichos parientes. (3) Requisitos de edad (A) En general Para propósitos del párrafo (1)(C), un individuo cumple con los requisitos de este párrafo si dicho individuo es más joven que el contribuyente que reclama a dicho individuo como hijo calificado y— (i) ha no haya cumplido 19 años al cierre del año natural en que se inicie el año contributivo del contribuyente, o (ii) sea estudiante que no haya cumplido 24 años al cierre de dicho año natural.

Como tal, acepto que esta casilla debe marcarse si alguien puede reclamarlo como dependiente en ese año fiscal, incluso si no lo reclama.