¿Qué es la prohibición de los matrimonios mixtos?

La Guemará dice que no hay kidushin entre un judío y un no judío (el matrimonio no es efectivo), pero la única forma de violar la prohibición de los matrimonios mixtos es a través del matrimonio (al menos para aquellos que piensan en Yi Avid Mahane). Las relaciones sexuales en en sí mismo no es matrimonio, puede ser solo una prohibición rabínica)! Entonces, ¿qué acción específica está prohibida?

Citar algunas fuentes para sus afirmaciones mejoraría esta pregunta
wowow, bienvenido a Mi Yodeya, ¡y gracias por traer tu pregunta aquí! Además de editar las fuentes de las afirmaciones halájicas en su pregunta, también podría fortalecer la pregunta al incluir apoyo para su suposición aparente de que existe una prohibición de-oraita de los matrimonios mixtos. No digo que no haya una, solo que demostrar la base de la que estás asumiendo haría mucho más fácil analizar esa base de acuerdo con la primera regla que cita.
Creo que la respuesta simple es que, si bien no es un matrimonio halájico , la gente piensa que es un matrimonio, y eso es un problema.
@scimonster No creo que esa sea la pregunta que hace el OP. Afirma que existe una prohibición de los matrimonios mixtos, pero dado que los kidushin no son tofsin, ¿qué cosa específica está prohibida?

Respuestas (2)

La Guemará (AZ 36b), relativa a las mujeres no judías, hizo una clara diferencia entre dos tipos de relación hombre-mujer: marital o no marital. La relación marital es una realidad natural anterior a Matan Tora y no es una particularidad judía. Ver Rambam, Nashim, Yishut, 1, 1:

Antes de que se diera la Torá, cuando un hombre se encontraba con una mujer en el mercado y él y ella decidían casarse, la traía a casa, mantenía relaciones en privado y así la convertía en su esposa.

Y la halajá 4:

Antes de que se diera la Torá, cuando un hombre se encontraba con una mujer en el mercado, y él y ella deseaban, podía pagarle, entablar relaciones con ella donde quisieran y luego partir. Tal mujer es referida como una ramera

Usted ve aquí una delimitación natural entre el comportamiento marital y no marital.

Para el matrimonio mixto, el Rambam declaró en Kedusha, Isure Bia, 12, 1-2:

Cuando un judío se involucra en relaciones con una mujer de otras naciones, [tomándola] como su esposa o un judío se involucra en relaciones con un no judío como su esposa, son castigados con latigazos, de acuerdo con la Ley bíblica.1 Como [Deuteronomio 7:3] declara: "No te casarás con ellos. No darás tu hija a su hijo, y no tomarás su hija para tu hijo". Esta prohibición se aplica igualmente a [individuos de] las siete naciones [cananeas] y a todos los demás gentiles. Esto fue declarado explícitamente en Esdras [Nechemiah 10:31]: "Que no daremos nuestras hijas a los gentiles en la tierra y que no tomaremos sus hijas para nuestros hijos".

La prohibición bíblica se aplica sólo a las relaciones maritales.

El Shulján Aruj gobernó como Rambam en Even Haezer 16, 1

Espero que ahora se responda la pregunta.


Ahora podemos entrar un poco más en el tema. En Guemará se exponen dos opiniones de Tanayim sobre el verso del matrimonio mixto. La primera opinión es de Rabbaban, el verso prohíbe solamente casarse, dentro de las reglas del matrimonio judío, con un converso de las 7 naciones cananeas (1) . La segunda, la opinión del rabino Shimm'on, es que el versículo prohíbe casarse (a la manera antigua, antes de la Torá) con alguien que no sea judío cuando no esté convertido al judaísmo. Rambam gobernó como Rabí Shim'on y Smag ( Lavin 112 ) y Tur gobernó como Rabbanan. Una pregunta es cuál es la opinión de Rabí Shim'on para el caso de un converso de 7 pueblos cananeos. El Sefer Hajinuch en Mitsva 427, que sigue exactamente al Rambam, dictaminó que para este detalle, nosotros (Rabino Shim'on) estamos de acuerdo con Rabanan y lo prohíbe este versículo. Entonces él, siguiendo las prohibiciones de Rambam. Hoy en día no podemos considerar a nadie como de 7 pueblos y casarse con un converso nunca está prohibido por este verso (Ver también Shaar HaMelec en Rambam IB 12, 1, que explica esto siguiendo el Ran en Rif AZ).


(1) Gemara Yebamot 76a: Posteriormente, Raba declaró: Lo que dije no tiene importancia. Porque mientras sigan siendo idólatras, sus matrimonios son inválidos; sólo cuando se convierten sus matrimonios son válidos. {Rashi: El verso menciona el matrimonio, por lo que no puede referirse a su estado antes de la conversión porque no hay [halájicamente] matrimonio con no judíos, pero obviamente el verso habla de ellos después de la conversión ...}. Véase también en Smag, lavin 112, en el enlace anterior y en Sefer Hachinuch.

Rambam aborda esto en Hilkhot Issurei Biah ( 12:1-2) :

א ישראל שבעל גechriba משאר siendo cam. Igh מפורש על ידי עזרא "ighאשר לא ניתן בנותינו, לעמי siendo. ולא אסרה תורה, אלא דרך חתנות

ב אבל הבא על erior. י דרך זנות --מכין א. מכת מרדות מדברי סופרים, גזירadero שמא יבecc לر..

1) Un varón judío que se involucra en relaciones con una mujer no judía en forma de matrimonio, o una mujer judía que se involucra en relaciones sexuales con un no judío en forma de matrimonio, estos están sujetos a azotes de acuerdo con la ley bíblica. , como dice "no te cases con ellas" (Deut. 7:3). Tanto los miembros de las 7 naciones (cananeas) como los miembros de todas las demás naciones son equivalentes en esta ley. Ad esto también es explícito en las palabras de Esdras "Y que no daremos nuestras hijas a las naciones de la tierra, y sus hijas, no las tomaremos para nuestros hijos" (Nehemías 10:31). La Torá solo prohibía esto en la forma de la boda.

2) Sin embargo, quien tenga relaciones sexuales con una mujer no judía a la manera de una relación no marital, está sujeto a latigazos impuestos por los rabinos; como una promulgación para que no venga a casarse. (Traducción propia).

Para resumir, no es el matrimonio halájico (que, como notó, no puede existir) con un no judío lo que está prohibido bíblicamente, ni es solo una relación sexual, sino una relación sexual en forma de boda y matrimonio . Es decir, la prohibición es tener relaciones sexuales en el marco social de una relación marital; aunque técnicamente no hay matrimonio.

Sin embargo, existe una prohibición rabínica separada contra las relaciones sexuales incluso fuera del matrimonio.

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