¿Puedo perder mi ciudadanía estadounidense por aceptar un empleo con un gobierno extranjero?

En mi pasaporte estadounidense, hay una sección titulada "Información importante" ubicada justo antes de las páginas de la visa. El artículo número 13 trata sobre las circunstancias en las que uno podría perder su ciudadanía estadounidense (énfasis mío)

En determinadas circunstancias, puede perder su ciudadanía estadounidense al realizar voluntariamente, y con la intención de renunciar a la ciudadanía estadounidense , cualquiera de los siguientes actos:

Luego, el elemento (4) en la lista subnumerada de cosas que siguen a la coma:

(4) aceptar empleo con un gobierno extranjero

Nunca he entendido esta frase. ¿Bajo qué circunstancias la intención de alguien de renunciar a su ciudadanía quedaría clara en el lugar donde aceptó el empleo?

Si escribo software de cronometraje para un gobierno extranjero, ¿corro el riesgo de perder mi ciudadanía? No puedo usar mis habilidades como intérprete de lenguaje de señas, inglés y otros idiomas, ya que estos son proporcionados principalmente por el gobierno local donde resido.

La cláusula es francamente aterradora para mí, y espero entender qué implica exactamente la intención cuando se trata de empleo con un gobierno extranjero, que a menudo puede ser aprovechado por personas que no son ciudadanos de ese país.

Discusión similar en comentarios bajo mi respuesta en: travel.stackexchange.com/questions/18394/…

Respuestas (5)

Hay muchos países en el mundo que no reconocen la doble nacionalidad. Así por ejemplo: Ucrania. Para obtener la ciudadanía ucraniana, debe renunciar a cualquier otra ciudadanía que pueda haber tenido, lo que significa que si desea trabajar para el gobierno de Ucrania en un puesto que requiere la ciudadanía, el procedimiento normal es que debe renunciar a su EE. UU. y/o cualquier otra ciudadanía

Lo que a su vez también significaría que según INA 349(a)(4)(A) usted tiene:

(A) aceptó, sirvió o desempeñó las funciones de cualquier cargo, puesto o empleo bajo el gobierno de un estado extranjero o una subdivisión política del mismo, después de cumplir dieciocho años si tiene o adquiere la nacionalidad de dicho extranjero estado;

con la intención de renunciar a su ciudadanía estadounidense, ya que no habría podido obtener tal posición de otra manera.

La realidad de despojar a alguien de su ciudadanía es mucho más difícil y enrevesada, por eso no hay muchos a quienes se les haya aplicado este procedimiento.

Tu razonamiento no tiene sentido. Si un país le exige que renuncie a otras nacionalidades para obtener la suya, eso significa que le exigen que renuncie voluntariamente a sus otras nacionalidades y les ofrezca prueba de ello, como requisito previo para la naturalización. Si lo hiciera, habría perdido la ciudadanía estadounidense según INA 349(a)(5) (renunciar frente a un funcionario consular de los EE. UU.). Si un país le dio su nacionalidad de todos modos sin que usted renuncie a la ciudadanía estadounidense (incluso si se supone que deben exigirle que lo haga), entonces no, no habría perdido la ciudadanía estadounidense.
Esto es incorrecto, existen procedimientos específicos sobre cómo se puede despojar/renunciar a la ciudadanía. Ver mi respuesta para enlaces.
¿Cómo responde esto a la pregunta? No veo la relación entre la respuesta y la pregunta.
@PatomaS Si acepta la ciudadanía ucraniana, debe renunciar a su ciudadanía estadounidense para obtenerla, por lo que si acepta un trabajo que requiere la ciudadanía ucraniana, tendrá que renunciar a su ciudadanía estadounidense, por lo que, si bien es posible que no lo expatrien por la fuerza, el resultado final es el mismo.
@Karlson: no hay duda de eso, pero su respuesta establece que primero acepta una nueva nacionalidad que no acepta la doble nacionalidad y eso le hace perder la ciudadanía estadounidense, lo cual es obvio. Pero la pregunta es una situación genérica en la que aceptas un trabajo y las implicaciones de eso. Otras respuestas, en mi opinión, reflejan mejor esa situación. Desde mi perspectiva, respondiste algo que es cierto, pero no es la pregunta del OP. Aunque, dado que lo aceptó, puede ser que no haya explicado los motivos de la duda.
¿Por qué se ha aceptado esta respuesta? ¡La pregunta era sobre el riesgo de perder su ciudadanía si trabaja para un gobierno extranjero!

Actualmente, si toma un puesto que no es de política en un gobierno extranjero, no puede perder su ciudadanía estadounidense sin comparecer ante un funcionario consular de los EE. UU. y decir que desea renunciar a la ciudadanía estadounidense. Si toma una posición política, es más complicado, pero el gobierno aún debe demostrar que tenía la intención de perder la ciudadanía estadounidense por "preponderancia de evidencia".

Un poco de historia: la parte "con la intención..." está en línea con la decisión de la Corte Suprema en Afroyim v. Rusk, que dictaminó que la Constitución impedía que alguien nacido o naturalizado en los EE. UU. fuera privado de su ciudadanía sin su intención. . La Corte Suprema también dictaminó en Vance v. Terrazas que esta intención debe establecerse por sí misma por "preponderancia de evidencia": el Congreso no puede simplemente decir que hacer cierta cosa implica que tiene la intención de perder la ciudadanía.

La política actual del Departamento de Estado aclara aún más esto. Si toma un puesto no político en un gobierno extranjero, o realiza algunos otros actos potencialmente expatriados (como naturalizarse en un país extranjero), el Departamento de Estado supondrá automáticamente que desea mantener la ciudadanía estadounidense, sin necesidad de hacerlo. cualquier cosa:

El Departamento tiene un estándar administrativo uniforme de evidencia basado en la premisa de que los ciudadanos estadounidenses tienen la intención de conservar la nacionalidad estadounidense cuando obtienen la naturalización en un estado extranjero, declaran su lealtad a un estado extranjero, sirven en las fuerzas armadas de un estado extranjero no involucrado en hostilidades con los Estados Unidos, o aceptar un empleo sin nivel de política con un gobierno extranjero.

...

A la luz de la premisa administrativa discutida anteriormente, una persona que:

  • está naturalizado en un país extranjero;
  • hace un juramento rutinario de lealtad a un estado extranjero;
  • sirve en las fuerzas armadas de un estado extranjero que no participa en hostilidades con los Estados Unidos, o
  • acepta empleo sin nivel de política con un gobierno extranjero,

y al hacerlo, los deseos de conservar la nacionalidad estadounidense no necesitan presentar antes de la comisión de un acto potencialmente expatriador una declaración o prueba de su intención de conservar la nacionalidad estadounidense, ya que se presumirá tal intención.

Si te preguntan, siempre puedes decir que no:

Cuando, como resultado de la consulta de un individuo o de la solicitud de registro o pasaporte de un individuo, llega a la atención de un funcionario consular de los EE. UU. que un ciudadano de los EE. UU. ha realizado un acto potencialmente expatriado por las Secciones 349 (a) (1) de la INA, 349(a)(2), 349(a)(3) o 349(a)(4) como se describe anteriormente, el funcionario consular simplemente le preguntará al solicitante si tenía la intención de renunciar a la nacionalidad estadounidense al realizar el acto. Si la respuesta es no, el funcionario consular certificará que no fue la intención de la persona renunciar a la nacionalidad estadounidense y, en consecuencia, determinará que la persona ha conservado la nacionalidad estadounidense.

Sin embargo, si desea tomar una posición política en un gobierno extranjero y algunos otros actos (como traición), la presunción no es clara:

La premisa de que una persona tiene la intención de conservar la nacionalidad estadounidense no es aplicable cuando el individuo:

  • renuncia formalmente a la nacionalidad estadounidense ante un funcionario consular;
  • sirve en las fuerzas armadas de un estado extranjero involucrado en hostilidades con los Estados Unidos;
  • toma una posición a nivel de política en un estado extranjero;
  • es condenado por traición.

Los casos en las categorías 2, 3 y 4 serán desarrollados cuidadosamente por funcionarios consulares de los EE. UU. para determinar la intención del individuo de obtener la nacionalidad estadounidense.

Por supuesto, en cualquier caso con la pérdida de la ciudadanía estadounidense, todavía se aplica el estándar de "preponderancia de evidencia" para la intención de perder la ciudadanía estadounidense de Vance v. Terrazas.

Según PassportsUSA.com :

Con respecto a la pérdida de nacionalidad, 349(a)(4) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA), en su forma enmendada, es la sección aplicable de la ley. De conformidad con 349(a)(4), aceptar, servir o desempeñar deberes en un gobierno extranjero es un acto potencialmente expatriador. Para entrar dentro de la Ley, la persona debe ser nacional de ese país o hacer un juramento de lealtad en relación con el cargo . Por lo tanto, la pregunta fundamental es si las acciones de la persona están dentro del alcance de esta disposición. La información utilizada para tomar esta determinación puede incluir la confirmación oficial del gobierno extranjero sobre la nacionalidad de la persona y si se requiere un juramento de lealtad.

También:

Además, el lenguaje preliminar de la sección 349 requiere que el acto de expatriación se realice voluntariamente y "con la intención de renunciar a la nacionalidad estadounidense ". Por lo tanto, si se determina que la acción de la persona cae dentro del alcance de 349(a)(4) INA, se debe hacer una adjudicación de la intención de la persona.

Lo anterior, entre otras declaraciones en la misma página, descarta la mayoría de los casos de empleo en los que las personas simplemente están trabajando para empresas o departamentos que pertenecen a gobiernos extranjeros para ganarse la vida. Además, la misma página le da la impresión de que esta sección generalmente se enfoca en trabajar para militares extranjeros u otros departamentos sensibles.

Piénselo de esta manera @TimPost, muchos ciudadanos estadounidenses trabajan en los consulados y embajadas de otras naciones y no se habla de quitarles la ciudadanía. Es casi inaudito y sería un caso realmente extremo.

Generalmente, la intención de renunciar a la ciudadanía estadounidense se demuestra mediante una declaración ante un funcionario consular. Esto es, en parte, el resultado del fallo en Vance v. Terrazas . Específicamente, si el caso llama la atención del Departamento de Estado, deben verificar con usted su intención, y solo si confirma su intención de renunciar a la ciudadanía estadounidense, se hará .

Sin embargo, tomar un puesto en el gobierno puede requerir que renuncie a su ciudadanía estadounidense por parte de ese gobierno (ya que algunos gobiernos requieren que solo los ciudadanos se desempeñen en ciertos puestos y no permiten la doble ciudadanía).

Me parece que las regulaciones que citó dicen "si se hace con la intención" y no "hacer demuestra la intención".

Pero luego, un registro que amenaza que puede perder su ciudadanía con la intención de renunciar a ella es un poco tonto.

No es del todo tonto, ya que no es necesariamente el caso en ausencia de legislación, que puede perder su ciudadanía, lo intente o no. Por ejemplo, si desea luchar por un país en guerra con los EE. UU., y no tenía la capacidad de renunciar a la ciudadanía estadounidense, entonces los EE. UU. podrían enjuiciarlo más tarde por traición. El hecho de que la ley te permita renunciar a la ciudadanía significa que eres "simplemente" un enemigo combatiente legal, no estás cometiendo traición.
... además, no todas las acciones tomadas con la intención de renunciar a la ciudadanía estadounidense realmente logran eso. Por ejemplo, si destruye su pasaporte con la intención de renunciar a la ciudadanía estadounidense, entonces aún es ciudadano estadounidense, su intención fracasó, porque simplemente destruir un pasaporte no tiene ese efecto según la ley. Así que la declaración es sustancial.