¿Por qué se dice que Dios se casó con una pareja?

Tal como lo entiendo, el Catecismo Católico establece que el divorcio es una imposibilidad porque "Por tanto, lo que Dios juntó, no lo separe el hombre". (Marcos 10:9). ¿Es este entendimiento completo y correcto?

Si es así, ¿cómo es que se dice que Dios está casando a la gente (presumiblemente a través de la persona del oficiante), mientras que es simplemente el hombre el que está tratando de divorciarse? Me parece peculiar que formar el vínculo sea visto como el papel de Dios, mientras que disolverlo es solo el papel del hombre.

Sí. Fundamentalmente, la pregunta permanece; el Catecismo ha afirmado que el matrimonio no puede disolverse porque Dios ha unido al marido ya la mujer. Estoy tratando de descubrir la disparidad en las posiciones (1605 afirma que este es el regreso a una sola carne, 1614 hace referencia a Marcos 10: 9, 1639, 1640 ambos afirman su indisolubilidad aparentemente como resultado de la acción de Dios para formar el matrimonio)
¿Cómo ves esto como una contradicción? La iglesia sostiene que los dos permanecen casados ​​a menos que el decreto de nulidad pueda demostrar que de hecho no se ingresó el sacramento. ¿Ha buscado los detalles detrás del decreto de nulidad? Ese es un tema nada baladí que ahonda en el derecho canónico.
@Richard Confer the sacrament es el término utilizado, no confect.
¡Vaya! Editará. Pero mi punto permanece.
En realidad Dios no casa a la pareja. La Iglesia Católica enseña que la pareja se casa entre sí. Se confieren el Sacramento unos a otros y luego Dios usa el Sacramento para darles la gracia.

Respuestas (1)

Lo escencial

  1. El matrimonio es un sacramento .

  2. La Iglesia no tiene nada que ver con un divorcio. (Eso es un asunto civil).

    Los pasajes en Mateo 19 y Marcos 10 son bastante claros acerca de que Moisés permitió el divorcio porque los corazones de las personas se habían endurecido, mientras que la ley original es que "dos serán una sola carne", lo cual Jesús le recuerda claramente a su audiencia. (¡Lo estás haciendo mal!).

  3. Si se celebra el Sacramento del Matrimonio, entonces, por definición, Dios está involucrado y la Iglesia, por sus propias reglas, NO PUEDE ser el instrumento de su disolución. La Iglesia no apoya ni aprueba el divorcio en tal caso. En ese caso la Iglesia no emitirá un Decreto de Nulidad.

  4. Si no se celebró el Sacramento del Matrimonio (a través de algún tipo de defecto, detalles en el Código de Derecho Canónico 1 ), entonces Dios no estuvo en el matrimonio desde el principio, y la Iglesia puede emitir un decreto de Nulidad. Se necesita un Tribunal para determinar esto (un proceso no trivial) y los dos son libres para casarse.

  5. En el caso (4) concurrirán la sentencia de divorcio civil y la sentencia de nulidad. En el caso (3) no lo harán, y los dos no son libres para casarse (válidamente, en la iglesia).

  6. Lo anterior es consistente con los versos que cita, no hay contradicción.

Discusión

Hay un punto citado en Génesis y en Marcos 10 / Mateo 19:5 acerca de cómo "el hombre dejará a su padre ya su madre, y los dos serán una sola carne". La intención adivinada de las Escrituras es que el matrimonio hace algo profundo y permanente.

Mateo 10: 6-9
3 Y él les dijo en respuesta: ¿Qué os mandó Moisés?
4 Ellos respondieron: "Moisés le permitió escribir una carta de divorcio y despedirla".
5 Pero Jesús les dijo: "Por la dureza de vuestro corazón os escribió este mandamiento.
6 Pero desde el principio de la creación, 'Dios los hizo varón y hembra.
7 Por eso el hombre dejará a su padre y a su madre (y se unirá a su mujer)
8 y los dos serán una sola carne. Así que ya no son dos, sino una sola carne .
9 Por tanto, lo que Dios unió, ningún ser humano lo separe
" .

El Catecismo amplía eso al abordar el Sacramento del Matrimonio:

el lazo matrimonial

1639 El consentimiento por el que los esposos se dan y reciben recíprocamente está sellado por Dios mismo . De su pacto surge "una institución, confirmada por la ley divina, . . . incluso a los ojos de la sociedad". La alianza entre los esposos se integra en la alianza de Dios con el hombre: "El auténtico amor conyugal se recoge en el amor divino".

1640 Así, el vínculo matrimonial ha sido establecido por Dios mismo de tal modo que el matrimonio concluido y consumado entre bautizados nunca puede disolverse. Este vínculo, que resulta del libre acto humano de los cónyuges y de su consumación del matrimonio, es una realidad, en adelante irrevocable, y da lugar a una alianza garantizada por la fidelidad de Dios. la Iglesia no tiene potestad para contravenir esta disposición de la sabiduría divina.

La iglesia sostiene que los dos permanecen casados ​​a menos que, como resultado de la investigación y decisión de un Tribunal, se descubra un defecto que demuestre que el sacramento no se entregó/concedió de hecho a la pareja.

Si el sacramento fue conferido, la iglesia NO emitirá un decreto de nulidad. El divorcio es un procedimiento secular que no cambiará la posición de la Iglesia de que los dos siguen siendo marido y mujer.

Si se comprueba que el sacramento no ha sido conferido, debido a un defecto, entonces se puede dictar un Decreto de Nulidad y los dos son libres para casarse . (El subtexto aquí es que "usted no estaba válidamente casado si el sacramento no estaba presente").

El concepto central es que un matrimonio es hasta que la muerte nos separe . (O como se dice ahora, "mientras ambos vivamos"). El matrimonio es visto como mucho más que un contrato o una ceremonia, es un sacramento , que generalmente se define como un signo visible de la Gracia invisible. En el caso del matrimonio, esa Gracia es la unificación de dos personas en una sola. Esto requiere un profundo desinterés y compromiso.

Para decirlo en términos más groseros, si no te tomas en serio todo este asunto de la unidad, no estás entrando al matrimonio honestamente. (La celebración de matrimonio deshonesto es uno de los defectos que puede encontrar un Tribunal al considerar los decretos de Nulidad). Por diseño, como lo enseña la Iglesia, el matrimonio está destinado a ser un llamado al servicio mutuo y de la comunidad. Es una de las tres vocaciones (las otras dos son el sacerdocio y la vocación de la vida de soltero), por lo que la Iglesia alienta a quienes consideran el matrimonio a tomarlo en serio. Esto indica que el matrimonio es una Cosa Buena(TM) mucho más allá de su bondad para los dos que se casan. Es bueno para toda la comunidad. Una enseñanza más antigua presenta el matrimonio desde un ángulo ligeramente diferente.

" GAUDIUM ET SPES (artículo 48) "

  1. La unión íntima de la vida y el amor conyugales ha sido establecida por el Creador y calificada por Sus leyes, y tiene sus raíces en el pacto yugal del consentimiento personal irrevocable. Por tanto, por ese acto humano por el cual los cónyuges se entregan y aceptan recíprocamente, surge una relación que por voluntad divina y también a los ojos de la sociedad es duradera. Por el bien de los cónyuges y de sus hijos, así como de la sociedad, la existencia del vínculo sagrado ya no depende únicamente de las decisiones humanas. Porque Dios mismo es el autor del matrimonio, dotado como está de varios beneficios y propósitos. (San Agustín, De Bene coniugali PL 40, 375-376 y 394 , Santo Tomás, Summa Theologica, Suppl. Quaest. 49, art. 3 ad 1, Decretum pro Armenis : Denz.-Schoen. 1327; Pius XI, carta encíclicaCasti Connubii : AAS 22 (1930, pp. 547-548; Denz.-Schoen. 3703-3714.) Todos estos tienen una influencia muy decisiva en la continuación de la raza humana, en el desarrollo personal y el destino eterno del individuo. miembros de una familia, y sobre la dignidad, la estabilidad, la paz y la prosperidad de la familia misma y de la sociedad humana en su conjunto. Por su misma naturaleza, la misma institución del matrimonio y el amor conyugal están ordenados a la procreación y educación de los hijos, y encuentran en ellos su última corona. Así, un hombre y una mujer, que por su pacto de amor conyugal "ya no son dos, sino una sola carne" (Mt 19, ss),se prestan mutua ayuda y servicio mediante una íntima unión de sus personas y de sus acciones. A través de esta unión experimentan el significado de su unidad y la alcanzan con una perfección creciente día a día. Como don recíproco de dos personas, esta unión íntima y el bien de los hijos imponen a los esposos una fidelidad total y abogan por una unidad inquebrantable entre ellos. (Pío XI, carta encíclica Casti Connubii : AAS 22 (1930), pp. 546-547; Denz.-Schoen. 3706)

1 Código de Derecho Canónico 1083 a 1094 enumera los impedimentos, (solo incluyo algunos ejemplos):

IMPEDIMENTOS DE DIRIMENTOS ESPECÍFICOS

Poder. 1083 §1. Un hombre antes de haber cumplido los dieciséis años de edad y una mujer antes de haber cumplido los catorce años de edad no pueden contraer matrimonio válido. §2. La conferencia de obispos es libre de establecer una edad superior para la celebración lícita del matrimonio.
Poder. 1085 §1. La persona unida por el vínculo de un matrimonio anterior, aunque no haya sido consumado, intenta casarse inválidamente.
Poder. 1087 Los que están en las órdenes sagradas intentan inválidamente el matrimonio.
Poder. 1088 Los obligados por voto público perpetuo de castidad en un instituto religioso intentan contraer matrimonio inválidamente.
Poder. 1089 No puede existir matrimonio entre un hombre y una mujer que ha sido raptada o al menos detenida con miras a contraer matrimonio con ella a menos que la mujer elija casarse por su propia voluntad después de haber sido separada del captor y establecida en un lugar seguro y lugar libre.
Poder. 1090 §1. Cualquiera que con miras a contraer matrimonio con cierta persona ha provocado la muerte del cónyuge de esa persona o del propio cónyuge intenta invalidamente este matrimonio. §2. Aquellos que han provocado la muerte de un cónyuge por mutua cooperación física o moral, también intentan inválidamente un matrimonio juntos.
Poder. 1091 §1. En línea directa de consanguinidad es nulo el matrimonio entre todos los ascendientes y descendientes, tanto legítimos como naturales. §2. En la línea colateral el matrimonio es nulo hasta el cuarto grado inclusive. §3. El impedimento de consanguinidad no se multiplica. §4. Nunca se permite el matrimonio si existe duda sobre si los cónyuges están relacionados por consanguinidad en cualquier grado de la línea directa o en el segundo grado de la línea colateral.
Poder. 1092 La afinidad en línea directa en cualquier grado invalida el matrimonio.

Poder. 1094 No pueden contraer matrimonio válidamente los que están emparentados en línea directa o en segundo grado de línea colateral por una relación jurídica nacida de la adopción.