¿Los preparadores de impuestos tienen que informar los hallazgos de actividades ilegales a algún IRS?

¿Los preparadores de impuestos tienen que informar los hallazgos/sospechas de actividades ilegales (por ejemplo, falta de presentación de declaraciones durante varios años) de clientes o incluso clientes potenciales (que buscan asesoramiento) al IRS federal y/o estatal?

Respuestas (1)

La comunicación entre usted y su CPA (y EA, ya que también es un profesional autorizado federalmente) solo es privilegiada en asuntos no penales. Si sospecha que puede enfrentar un proceso penal, solo puede discutirlo con un abogado . Si se necesita un asesoramiento fiscal, el abogado contratará al asesor fiscal, no a usted. Toda su comunicación fluirá a través del abogado para permanecer privilegiado ( doctrina Kovel ).

Para asuntos no penales, la CPA no puede ni debe divulgar al IRS lo que usted no le haya autorizado. Pueden hacerlo de forma anónima, como sugiere la otra respuesta, pero si descubre que fueron ellos quienes proporcionaron la información al IRS, puede hacer que los disciplinen (y muy probablemente cancelar su licencia). El IRS no puede citar información privilegiada ( IRC Sec. 7525 ).

Los preparadores no inscritos (es decir, aquellos que no son CPA, abogados o EA) no brindan privilegios y pueden proporcionar al IRS cualquier información ya sea por su propia voluntad o por demanda del IRS.

Según tengo entendido, no presentar una declaración federal es técnicamente un delito (delito menor, creo). Entonces, en un escenario en el que uno acudió a un Preparador autorizado y, en el proceso de asesoramiento o recopilación de registros para la presentación posterior, reveló el hecho de no haber presentado durante varios años, pero luego decidió no contratar más al Preparador... ¿Todavía pueden (o se les exige) pasar esa información de no presentación al IRS federal/estatal?
@ usuario43431 No. El asunto penal es un asunto en el que los gobiernos interponen una acción legal contra usted en los tribunales. El gobierno también puede entablar una acción civil en su contra en los tribunales, pero la persecución penal solo puede llevarla a cabo el gobierno. Por no presentar se le cobrará sanción, pero no se le llevará a juicio.