Impuesto sobre la renta en la visa J1 por 24 meses sobre salario extranjero mientras paga impuestos de seguridad social en el hogar

Tengo algunas preguntas sobre impuestos mientras tengo una visa J1 (investigador de categoría).

Información de contexto:

  • Soy un ciudadano holandés
  • Comenzaré el 1 de diciembre de 2015 como investigador postdoctoral en los EE. UU., Nueva York. No he tenido ningún tipo de VISA para los EE.UU. antes.
  • Me quedaré exactamente 24 meses (1 de diciembre de 2015 - 31 de noviembre de 2017). Después de eso, regresaré a los Países Bajos y continuaré trabajando allí.
  • Mi universidad de origen en los Países Bajos me pagará un salario durante este período en los EE. UU. (¡ingresos EXTRANJEROS!).
  • Debido a que estoy en los EE. UU. durante 3 años calendario (2015, 2016, 2017), creo que soy un extranjero no residente en 2015 y 2016, y un extranjero residente en 2017 porque estoy más de 183 días en los EE. UU.

Un asesor fiscal de mi universidad de origen analizó mi situación para determinar dónde debo pagar el impuesto sobre la renta y el impuesto a la seguridad social de acuerdo con los tratados fiscales entre los EE. UU. y la legislación holandesa. Parece que debo pagar impuestos de SS en los Países Bajos incluso mientras me quedo en los EE. UU. Sin embargo, para el impuesto sobre la renta, él cree que debería pagar impuestos en los EE. UU. y no en los Países Bajos, mientras permanezca en los EE. UU.

Sin embargo, he leído que durante los primeros 2 años, los titulares de la visa J1 generalmente están exentos de los impuestos federales sobre la renta y FICA.

Mis preguntas son:

  1. ¿Tanto el federal como el FICA se basan en el estado de residencia? Entonces, ¿estoy en lo cierto al suponer que debo pagar el impuesto federal sobre la renta + el impuesto FICA para 2017, pero que estoy exento de impuestos para 2016 y 2015?

  2. En otro lugar, he leído consejos de que los impuestos federales solo deben pagarse si está en los EE. UU. durante más de 24 meses, independientemente del año calendario (es decir, estoy en los EE. UU. durante 24 meses pero en 3 años calendario). ¿Puedes comentar si este es el caso para mi situación?

  3. Recibo un ingreso EXTRANJERO como salario, no como beca, aunque el salario se pagó con una beca que me fue otorgada. Sin embargo, la beca pretende ser un salario real y no solo para cubrir la matrícula u otros costos directos. ¿Esto cambia de todos modos la situación anterior?

  4. Estoy obligado a pagar impuestos de las SS de los Países Bajos según la ley holandesa. Hay un acuerdo de totalización entre EE.UU. y NL. ¿Significa esto que puedo reclamar la exención de FICA para 2017? ¿O tengo que pagar y luego tratar de reclamar?

Google mostró este documento, que tiene una descripción bastante bien organizada de las reglas: tax.thomsonreuters.com/wp-content/pdf/nra-tax/… . Para obtener una fuente más autorizada, consulte irs.gov/publications/p519/… . Después de un breve vistazo a estos: 1: Sospecho que no pagará FICA en 2017. 2: Parece que es por año calendario, no por meses. 3: No debería hacer ninguna diferencia. 4: Dado que su salario proviene de NL, es probable que no se retenga FICA, en cuyo caso no hay necesidad de reclamar.
Demasiadas preguntas en una publicación, ¿puede dividirlas en una pregunta por publicación?
Estoy en la misma situación en este momento, ¿hay alguna posibilidad de que puedas compartir conmigo cómo te fue en términos de impuestos? Eso sería muy útil

Respuestas (1)

Sin embargo, he leído que durante los primeros 2 años, los titulares de la visa J1 generalmente están exentos de los impuestos federales sobre la renta y FICA.

De nada. Hay una exención de FICA para los titulares de J-1 por ingresos relacionados con su estado J-1. Hay una exención del recuento de días de presencia sustancial para el estado J-1 durante dos años. No existe una exención general de los impuestos sobre la renta, sin embargo, los tratados fiscales pueden proporcionar algunas exenciones específicas. Las exenciones del tratado generalmente se calculan por mes (es decir, obtiene 24 meses de beneficio, no 2 años calendario), pero lea el tratado específico que se aplica a usted para obtener más detalles.

¿Tanto el federal como el FICA se basan en el estado de residencia? Entonces, ¿estoy en lo cierto al suponer que debo pagar el impuesto federal sobre la renta + el impuesto FICA para 2017, pero que estoy exento de impuestos para 2016 y 2015?

No, tampoco lo es. El impuesto sobre la renta se basa en la fuente de ingresos (que en su caso son los EE. UU.), FICA se basa en la cobertura (que en su caso está exento por estar en estado J1, siempre que se le pague como parte de la investigación para que obtuvo el estado).

En otro lugar, he leído consejos de que los impuestos federales solo deben pagarse si está en los EE. UU. durante más de 24 meses, independientemente del año calendario (es decir, estoy en los EE. UU. durante 24 meses pero en 3 años calendario). ¿Puedes comentar si este es el caso para mi situación?

No estoy familiarizado con el periódico "Otro lugar". ¿Ellos tienen una página web? En cualquier caso, o entendiste mal o tergiversaron, esto es incorrecto. Sugeriría no confiar en fuentes con nombres tan vagos como "en otros lugares".

Recibo un ingreso EXTRANJERO como salario, no como beca, aunque el salario se pagó con una beca que me fue otorgada. Sin embargo, la beca pretende ser un salario real y no solo para cubrir la matrícula u otros costos directos. ¿Esto cambia de todos modos la situación anterior?

Su premisa es defectuosa. No estás recibiendo un ingreso extranjero. Estás recibiendo ingresos del extranjero, pero provienen de los EE. UU. porque allí es donde se hace el trabajo.

Estoy obligado a pagar impuestos de las SS de los Países Bajos según la ley holandesa. Hay un acuerdo de totalización entre EE.UU. y NL. ¿Significa esto que puedo reclamar la exención de FICA para 2017? ¿O tengo que pagar y luego tratar de reclamar?

Está exento de FICA debido a su estado , el tratado es irrelevante.


Tenga en cuenta que los tratados entre el gobierno federal de los EE. UU. y países extranjeros no se aplican a efectos del impuesto sobre la renta estatal. Es probable que tenga que pagar los impuestos sobre la renta del estado y la ciudad de Nueva York como residente para 2016-2017 y como no residente para 2015.

¿Tiene alguna referencia para alguna de estas afirmaciones? En la cuestión del impuesto sobre la renta estatal, por ejemplo, el formulario estatal comienza solicitando su ingreso bruto ajustado federal. No recuerdo una línea para volver a agregar ingresos que estaban excluidos según las normas federales pero que están sujetos a impuestos según las normas estatales.
@phoog No estoy familiarizado con los formularios de impuestos del estado de Nueva York, pero en California los formularios de impuestos definitivamente tienen líneas para volver a agregar esos ingresos.