Disculpen mi falta de conocimiento sobre este tema. ¿Está permitido el contacto no sexual entre dos personas entre las cuales una relación estaría prohibida halájicamente? Supongo que la respuesta es "sí" para, digamos, un hermano y una hermana. Pero, ¿esto se aplica a todos los casos de relaciones prohibidas, o solo a algunos? (Si es así, ¿a cuál no se aplica y por qué no?) Finalmente, ¿el tema de tocar un niddah simplemente no es un factor en estos casos?
Estás mezclando dos cosas que no tienen nada que ver entre sí. Un hombre puede tocar a sus parientes cercanos: madre, abuela, (nieta) hija y hermana (aunque la última es menos recomendada, pero aún está permitida). Esto siempre está permitido, independientemente de cualquier otra cosa (casado o soltero, nidda o no). (Y lo mismo para una mujer que toca a su (nieto)hijo, (abuelo)padre y hermano).
De lo contrario, a un hombre no se le permite tocar a nadie que le esté prohibido. Eso significa cualquier mujer casada (aparte de su esposa) y cualquier mujer soltera que sea nidda (y eso se presume sobre cualquier mujer soltera a partir de los 11 años hoy), ya que le están prohibidos. Tampoco se le permite tocar a su esposa cuando ella es nidda, ya que actualmente está prohibido para él. (Y lo mismo se aplica a una mujer que toca a un hombre al que tiene prohibido, como cualquier hombre si es nidda y cualquier hombre excepto su esposo si está casada).
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