Supongamos que estoy diseñando un conjunto de placas para los próximos libros de D&D (lo cual, desafortunadamente, no lo estoy haciendo) y supongamos que necesito dibujar un monje con una cara un poco astuta. He probado varios conceptos salidos de mi imaginación y todos me dejan frustrado.
Mientras tomo una taza de café y me siento sin inspiración, decido ver videos divertidos de [insertar sitio de videos ridículos al azar aquí] ¡y ahí está! Uno de los actores se ve exactamente como me gustaría que se viera mi monje astuto, hasta el bigote cursi y los ojos de ratón.
Decido "inspirarme" en su rostro y diseñar mi personaje. Termina viéndose increíble, con un solo problema: hice un trabajo tan bueno que el personaje se ve exactamente como el actor. El actor no es famoso, por lo que no es que todos digan "oh wow, acaba de dibujar a Al Pacino", pero aun así, si alguien conociera a este actor, reconocería el parecido.
¿Está bien (y por bien quiero decir si es moral y/o legal) usar este diseño sin el permiso del actor?
Moralmente es realmente imposible de responder. Todos van a tener una opinión diferente sobre esto y el contexto importa.
Jurídicamente se trata de apropiarse de la semejanza . Esto no es estrictamente contra la ley, pero como la mayoría de los problemas de propiedad intelectual, hay algunas advertencias:
http://www.owe.com/resources/legalities/7-issues-regarding-use-someones-likeness/
La única advertencia que probablemente esté más relacionada con esto sería:
(5) Invasión de la privacidad por apropiación comercial / derechos de publicidad
Estos derechos se violan cuando la imagen de una persona se usa en o en relación con productos o mercancías ("bienes"), o para vender o publicitar bienes o servicios. Con respecto a las obras de arte, los tribunales generalmente han considerado que las obras de bellas artes son expresiones de los derechos de libertad de expresión de la Primera Enmienda y, por lo tanto, son inmunes a la responsabilidad por la violación de los derechos de privacidad o publicidad. Solo las reproducciones comerciales de la obra de arte califican como bienes bajo este estándar.
Aún así, no hay una respuesta clara/fácil aquí. El contexto importará mucho.
Andrés H
Janus Bahs Jacquet
Juan B
user56reinstatemonica8
cachorrito
cachorrito
user56reinstatemonica8
go-junta
juanp
juanp