Asi que:
¿Qué puedo hacer cuando entro en los EE. UU. con un ESTA? ¿Puedo trabajar si me pagan en una cuenta bancaria del Reino Unido? ¡Obviamente, es un tema potencialmente polémico y estoy ansioso por hacerlo bien!
El Programa de Exención de Visa, o VWP (que es a lo que se refiere el ESTA) le permite ingresar a los EE. UU. con fines de Turismo o Negocios, pero no para 'trabajo'.
La distinción aquí realmente se reduce a dónde se le paga. Suponiendo que ya esté trabajando para esta empresa y que le paguen en el Reino Unido, entonces su visita a sus oficinas en los EE. UU. se clasifica como un viaje de "negocios" y, por lo tanto, es elegible para ingresar bajo el VWP.
Mientras esté en los EE. UU., puede participar en "negocios" para su empresa, pero en realidad debe ser el mismo tipo de negocio que habría estado realizando mientras estaba en el Reino Unido. No pueden pagarle ningún salario adicional (aparte de los gastos/etc.) sobre lo que normalmente habría hecho en el Reino Unido, y no pueden pagarle localmente en dólares estadounidenses o de ninguna forma que requiera que tenga un Seguro Social de EE. UU. Número.
es decir, eres bueno! Este es uno de los propósitos para los que se diseñó el VWP, y personalmente he hecho exactamente lo que estás describiendo al menos una docena de veces (desde Australia en lugar del Reino Unido, pero por lo demás exactamente en la misma situación)
La definición de lo que está permitido bajo una visa B-1 (y por lo tanto también bajo el VWP) se define en el Volumen 9 del Manual de Asuntos Exteriores del Departamento de Estado de EE. UU. - Visas
La sección correspondiente es:
9 FAM 41.31 N8 EXTRANJEROS QUE VIAJAN A ESTADOS UNIDOS PARA REALIZAR TRANSACCIONES COMERCIALES, NEGOCIACIONES, CONSULTAS, CONFERENCIAS, ETC.
(CT:VISA-701; 15-02-2005)
Los extranjeros deben clasificarse como visitantes B-1 por negocios, si son elegibles, si viajan a los Estados Unidos para:
(1) Participar en transacciones comerciales que no impliquen un empleo remunerado en los Estados Unidos (como un comerciante que recibe pedidos de productos fabricados en el extranjero);
(2) negociar contratos;
(3) Consultar con socios comerciales;
(4) litigar;
(5) Participar en convenciones, conferencias o seminarios científicos, educativos, profesionales o comerciales; o (6) Emprender una investigación independiente.
También vale la pena leer específicamente la sección de ese documento sobre la "Junta de Apelaciones de Inmigración en Materia de Hira", que básicamente sostiene que participar en actividades laborales mientras se está en los EE. el trabajo futuro que se realizará principalmente fuera de los Estados Unidos, está cubierto por el estado B-1. Puede encontrar una copia del fallo de Hina en el sitio web del Departamento de Justicia.
La principal confusión con B-1/VWP es el término "trabajo" muy mal utilizado. En general, en la ley de inmigración, "trabajo", cuando se usa en la mayoría de los contextos, en realidad se relaciona con estar empleado y/o remunerado (aparte de los gastos razonables) en ese país, no con el hecho de trabajar.
Como ejemplo de esto, el documento del Departamento de Justicia/INS " ACTIVIDADES PERMISIBLES PARA VISITANTE DE NEGOCIOS B-1 " establece específicamente que la "clasificación B-1 se aplica cuando un empleador extranjero requiere que un empleado extranjero trabaje temporalmente en los Estados Unidos (US ) en virtud de las transacciones internacionales del empleador extranjero". es decir, está permitido "trabajar" en los EE. UU. mientras tenga el estatus B-1, pero no estar "empleado" en los EE. UU.
(Tenga en cuenta que la parte del "empleador extranjero" de esta declaración casi con certeza será cierta, aunque la persona afirme trabajar para una "compañía estadounidense" con el argumento de que el empleador real será una subsidiaria local de la compañía estadounidense, al menos desde una perspectiva legal)
Doc
cris
phoog