Visa Schengen para cónyuge no comunitario de ciudadano de la UE

La mayoría de las preguntas ya publicadas se referían a viajes entre países de la UE. En mi caso me gustaría visitar Austria con mi mujer sudafricana. Nos casamos hace más de 20 años en Austria, vivimos juntos allí durante 6 años, pero nos mudamos a SA hace 16 años. La residencia permanente que mi esposa tenía una vez expiró y necesita una visa Schengen. La Embajada de Austria me dice que mi esposa tiene que presentar la solicitud en persona, mostrar prueba de ingresos, prueba de alojamiento, tiene un seguro de viaje y cumple con todos los demás requisitos como cualquier solicitante normal.

¿La Directiva 2004/38/CE solo es aplicable a los cónyuges cuando ya se encuentran dentro de la UE o también es válida en nuestro caso?

En particular, la apariencia personal es un problema ya que vivimos en el Cabo Sur e ir a la embajada significa un viaje de ida y vuelta de 2600 km, más cerca está el consulado en Ciudad del Cabo pero aún requiere un recorrido de 1200.

También vea las respuestas en esta pregunta, que está muy relacionada (tal vez duplicados): travel.stackexchange.com/questions/6807/…
La respuesta completa a esta pregunta se basa únicamente en su ciudadanía. Si es ciudadano austriaco, la directiva tiene un significado completamente diferente y la mayor parte no se aplica a usted.

Respuestas (3)

¿Por qué no leíste la directiva ? Habría encontrado respuestas a sus preguntas:

"Con objeto de facilitar la libre circulación de los miembros de la familia que no sean nacionales de un Estado miembro, quienes ya hayan obtenido una tarjeta de residencia deben quedar exentos de la obligación de obtener un visado de entrada..."

Entonces, en primer lugar, el requisito de visa es válido. A menos que su cónyuge tenga una tarjeta de residencia, necesita una visa para ingresar al espacio Schengen, incluso como miembro de la familia de un ciudadano de la UE. Esto me parece razonable, ya que puede ser difícil para cualquier oficial validar eficientemente su matrimonio en el cruce fronterizo.

Sin embargo, el requisito de visa de entrada se regula más:

"Los miembros de la familia que no sean nacionales de un Estado miembro solo estarán obligados a tener un visado de entrada... Los Estados miembros concederán a dichas personas todas las facilidades para obtener los visados ​​necesarios. Dichos visados ​​se expedirán gratuitamente lo antes posible y sobre la base de un procedimiento acelerado".

Yo interpretaría esto de modo que ser miembro de la familia de un ciudadano de la UE es en sí mismo un requisito para obtener una visa de entrada. Probablemente esté bien que su esposa deba reunirse en persona en una embajada o consulado para solicitar la visa. ¿Hay tal vez un consulado de otro país Schengen más cerca de usted? Incluso si es ciudadano austriaco y viaja a Austria, cualquier consulado Schengen debería poder emitir la visa para su esposa.

Me imagino que el consulado de cualquier otro país se negaría a considerar la solicitud ya que solo Austria es competente para considerar la solicitud, de acuerdo con las reglas. ¿O esa regla no se aplicaría aquí por alguna razón?

La libertad de movimiento (y la directiva 2004/38/EC) se aplica plenamente a los ciudadanos de la UE que residen fuera de la UE, pero la ley de la UE no se aplica (generalmente) a su país de ciudadanía . Dado que vivió y se casó allí, asumo que podría ser ciudadano austriaco y esto significaría que el consulado austriaco puede, en principio, exigirle a su esposa que siga el procedimiento regular para visitantes u obtenga otra visa.

Paradójicamente, si planeara un viaje a, digamos, Alemania, con solo una visita incidental a Austria, su esposa tendría derecho a una visa Schengen utilizando el procedimiento simplificado que implementa los requisitos de la directiva (es decir, sin cargo, sin presentar pruebas sobre sus finanzas, prueba de seguro de viaje, etc.) Desafortunadamente, sospecho que incluso este procedimiento más sencillo podría requerir uno o dos viajes al consulado, aunque solo sea para registrar los datos biométricos del solicitante y obtener la etiqueta de visa en su pasaporte, por lo que sería no resuelve completamente su problema.

Los Estados miembros concederán a sus familiares de terceros países todas las facilidades para obtener los visados ​​necesarios. Dichos visados ​​se expedirán gratuitamente lo antes posible y sobre la base de un procedimiento acelerado. Los Estados miembros no pueden exigir visas familiares o de residencia para los miembros de su familia, sino solo visas de entrada. (…) Todo lo que los funcionarios consulares de los Estados miembros pueden solicitar es su pasaporte y un documento que establezca sus vínculos familiares con usted, como matrimonio o certificado de nacimiento y prueba de dependencia, en su caso. A los miembros de su familia no se les puede pedir que presenten documentos tales como boletos de viaje, certificado de trabajo, nóminas, extractos bancarios, prueba de alojamiento y medios de subsistencia o un certificado médico.

Esto parece ser una copia exacta de las directivas de la UE . ¿Puede declarar sus fuentes y marcar correctamente esto como una cita?