¿Se me penalizará por no hacer un pago estimado en el primer trimestre por un concierto paralelo que comenzó en el segundo trimestre?

Conseguí un trabajo paralelo el 30 de marzo, que me paga al final de cada mes, por lo que mi primer cheque de pago será a finales de abril, que es en el segundo trimestre. Parece que tengo dos opciones para asegurarme de que estoy pagando impuestos:

  1. Hacer pagos trimestrales estimados
  2. Tener más ingresos retenidos de mi empleo regular

Debido a que este concierto paralelo comenzó esencialmente en el segundo trimestre, no hice ningún pago estimado antes de la fecha límite del primer trimestre (18 de abril).

Pregunta: Si realicé pagos trimestrales para el segundo, tercer y cuarto trimestre, y los pagos fueron por el monto correcto, ¿me penalizaría el IRS por no realizar un pago estimado durante el primer trimestre, aunque no obtuve ingresos del side-concierto durante ese tiempo?

Respuestas (2)

Si opta por la opción n.º 2 y retiene suficiente extra para evitar un pago insuficiente ( aquí se resumen los puertos seguros ), no será penalizado. Esta es, con mucho, la opción más simple, siempre que su trabajo paralelo no genere tantos ingresos que se vuelva poco práctico.

Si opta por la opción n.º 1, puede evitar una multa, pero tendrá que demostrar que sus ingresos adicionales llegaron después del primer trimestre, porque la suposición predeterminada será que no realizó un pago estimado. Haría esto marcando la casilla C en la Parte II del Formulario 2210 y completando el Anexo AI en el mismo formulario. Eche un vistazo rápido a ese horario y creo que comprenderá por qué la opción n.° 2 es preferible. Es factible, pero si puedes evitarlo, lo haría.

La publicación 505 puede ser útil. Se actualiza con tablas para el año fiscal actual y tiene hojas de trabajo para ayudar a calcular la cantidad de pagos de impuestos estimados requeridos antes de que se conozcan los ingresos del año completo. El formulario 2210 está diseñado para usarse después de que termine el año fiscal.
Gracias @Craig W, esta es probablemente la opción que elegiré.

Basado en mi experiencia directa (empleado por cuenta propia, casado que presenta una declaración conjunta), es probable que no sea penalizado. Como ha notado, actualmente está empleado y actualmente tiene impuestos retenidos. El trabajo paralelo te proporciona ingresos adicionales.

Durante el primer año de presentación que incluía impuestos sobre el trabajo por cuenta propia, recibí un aviso que sugería que presentara una declaración trimestral para evitar multas. Por ese año, recibimos un reembolso y años después. Nunca más hemos recibido un aviso con la sugerencia.

Cualquier cosa que haga para asegurarse de que está pagando suficientes impuestos evitará advertencias o sanciones. Si no ajusta los ingresos retenidos del empleo regular y no realiza pagos trimestrales, es posible que deba pagar impuestos adicionales y puede recibir una advertencia.

Esta información está calificada y cuantificada en un documento del IRS en línea.

Multa por Pago Insuficiente del Impuesto Estimado

Si no pagó suficientes impuestos durante el año, ya sea mediante la retención o mediante pagos de impuestos estimados, es posible que deba pagar una multa por pago insuficiente del impuesto estimado. Generalmente, la mayoría de los contribuyentes evitarán esta sanción si adeudan menos de $1,000 en impuestos después de restar sus retenciones y créditos, o si pagaron al menos el 90% del impuesto del año en curso, o el 100% del impuesto que figura en la declaración de el año anterior, el que sea menor. Existen reglas especiales para agricultores, pescadores y ciertos contribuyentes de mayores ingresos. Consulte la Publicación 505, Retención de impuestos e impuestos estimados, para obtener información adicional.

"Usted puede" no significa que será penalizado. Es interesante notar que si pagó el cien por ciento del impuesto adeudado el año anterior, no tiene que preocuparse por una multa.

"Es interesante notar que si pagó el cien por ciento del impuesto adeudado el año anterior, no tiene que preocuparse por una multa". Es el 110% del impuesto del año anterior si su AGI fue > $150k. Además, esta declaración solo es cierta si su retención de impuestos (es decir, sin contar los impuestos estimados) alcanza el 100 %/110 % del impuesto del año anterior/90 % del impuesto del año actual. Si su retención no alcanza ese nivel, aún puede tener una multa si algunos impuestos estimados trimestrales no se pagaron al nivel requerido.