Tal como lo entiendo, la Iglesia Católica Romana consta de varias "iglesias particulares" con tradiciones litúrgicas separadas . Por ejemplo, las iglesias católicas griegas rutenia y húngara usan la liturgia bizantina, la iglesia católica armenia usa la liturgia armenia, las iglesias católicas copta y etíope usan la liturgia alejandrina, y así sucesivamente.
Además, los católicos individuales siempre están inscritos en una iglesia particular al bautizarse, y aunque por necesidad pueden recibir los sacramentos de acuerdo con un ritual diferente de la iglesia, los adultos no pueden transferirse permanentemente a otra iglesia excepto por matrimonio o por una dispensa especial de la Sede Apostólica. (Ver can. 111-112 ).
Esto me lleva a mi pregunta principal: ¿Se le permite a un sacerdote administrar sacramentos en una liturgia diferente a la de su iglesia particular? Por ejemplo, ¿podría un sacerdote católico armenio celebrar una misa bizantina? Si es así, ¿podría hacerlo cuando quisiera, o requiere circunstancias apremiantes o dispensa especial?
Como seguimiento, ¿es actualmente la membresía en la Iglesia latina un requisito previo para servir como obispo de Roma (es decir, como papa)? Si se permite elegir un papa no latino, ¿se le exigiría que primero se transfiriera formalmente a la Iglesia latina y realizara todos los sacramentos de acuerdo con el rito latino?
Hay una serie de preguntas relacionadas aquí.
El Obispo de Roma (es decir, el Papa), siendo el pastor universal de la Iglesia Católica, puede celebrar en cualquier rito que desee en cualquier momento.
No existe una norma específica en el Derecho Canónico (abreviado CIC)—la ley para la iglesia Occidental—o el Código de Cánones de las iglesias Orientales (abreviado CCEO)—la ley para las iglesias Orientales), sin embargo el Derecho Canónico dice,
El obispo de la Iglesia Romana, en quien continúa el oficio dado por el Señor únicamente a Pedro, el primero de los Apóstoles, y que ha de ser transmitido a sus sucesores, es la cabeza del colegio episcopal, el Vicario de Cristo, y el pastor de la Iglesia universal en la tierra. En virtud de su oficio posee potestad ordinaria suprema, plena, inmediata y universal en la Iglesia, que puede ejercer siempre libremente ( CIC Can. 331 ; véase también CCEO Can. 43 ).
El poder ( potestas ) incluiría la licencia (permiso) para celebrar los Sacramentos en cualquier rito.
Tampoco hay restricciones según la membresía en una iglesia en particular en cuanto a quién puede ser elegido Papa: cualquier obispo (de hecho, en teoría, cualquier hombre católico bautizado y soltero) puede ser elegido Papa. (Si no es obispo, tendría que ser ordenado obispo antes de poder convertirse en Papa). CIC 332 dice:
El Romano Pontífice obtiene pleno y supremo poder en la Iglesia por su aceptación de la elección legítima junto con la consagración episcopal. Por lo tanto, una persona elegida al sumo pontificado que está marcada con carácter episcopal obtiene este poder desde el momento de la aceptación. Sin embargo, si la persona elegida carece de carácter episcopal, debe ser ordenado obispo inmediatamente ( CIC 332§1 ).
Obsérvese que el CCEO utiliza precisamente el mismo lenguaje en el can. 44 , y que ninguno hace distinción entre los miembros de una iglesia en particular.
(Como nota histórica, el cardenal Grégoire-Pierre XV Agagianian, el patriarca de la Iglesia católica armenia, fue un serio contendiente para el papado en 1958. Consulte el artículo de Wikipedia correspondiente ).
La situación de los obispos (aparte del Papa) y los sacerdotes es algo más restringida.
Los sacerdotes y obispos (aquellos que no tienen restricciones impuestas sobre ellos) son, por supuesto, siempre capaces de celebrar los Sacramentos de acuerdo con los ritos de su propia Iglesia: el Rito Romano (y algunos de los ritos más pequeños en algunos lugares, como el Rito Ambrosiano en Milán, Italia) para los sacerdotes occidentales, y el rito de cualquier iglesia a la que pertenezcan, para los sacerdotes orientales.
En general se permite concelebrar en la Misa o Divina Liturgia de rito que no sea el propio, siempre que se sigan las normas litúrgicas del rito dado y no haya sincretismo ( CCEO 701 ). (Sin embargo, los sacerdotes y obispos nunca deben concelebrar con sacerdotes u obispos que no estén en comunión con la Iglesia Católica, incluso si están ordenados válidamente, por ejemplo, los ortodoxos orientales. Ver CCEO 702 ).
Para otros casos, el obispo a cargo de una diócesis puede dar permiso a sacerdotes (u obispos) de un rito diferente para celebrar los Sacramentos en el rito propio del obispo, dentro de su propia diócesis. (En realidad, el obispo podría otorgar permiso para celebrar en cualquier rito, pero rara vez hay necesidad de otorgarlo fuera de su propio rito).
Evidentemente, el mismo Papa, o bien el patriarca o el arzobispo mayor de una iglesia oriental, también podría conceder ese permiso.
Cabe señalar que, debido a que el rito latino es tan omnipresente y, a menudo, menos difícil de aprender, generalmente es más fácil que los sacerdotes y obispos orientales obtengan permiso para celebrar en el rito latino que viceversa .
Véase “Celebrando en un Rito Oriental” por el P. Edward McNamara, LC, y el artículo de seguimiento .
Tenga en cuenta que, aunque los obispos y sacerdotes en general deben seguir los ritos de su propia iglesia particular en todos los Sacramentos, los fieles pueden recibir libremente los sacramentos de cualquier sacerdote u obispo católico.
Por supuesto, los Sacramentos de Iniciación, especialmente el Bautismo y la Confirmación/Cristalización, generalmente deben realizarse en la propia iglesia, pero uno puede recibirlos en un rito diferente si surge una necesidad pastoral. (Por ejemplo, es común que los católicos de rito oriental vivan en un área sin parroquias orientales cercanas. En tal caso, podrían solicitar que sus hijos sean bautizados y confirmados en la parroquia local de rito occidental. Sin embargo, lo harían , todavía pertenecen a su respectiva iglesia.)
(Como nota al margen, las iglesias orientales técnicamente no celebran Misas. Llaman a sus celebraciones de la Eucaristía Liturgias Divinas . El término "Misa" proviene de las palabras latinas de despedida Ita, missa est , que son dichas por el diácono o sacerdote al final de cada Misa—salvo la Misa de la Cena del Señor el Jueves Santo—a la que asisten fieles).
ThaddeusB
Bagazo