He estado en EE. UU. durante aproximadamente dos años y medio con una visa F1. En 2013 estuve en F1 y F1 OPT hasta el 30 de septiembre de 2013. Después de eso, cambié al estado H1B. Soy un extranjero no residente a efectos fiscales. Soy un ciudadano indio. ¿Soy elegible para reclamar los beneficios del tratado fiscal de la India de EE. UU. según el Capítulo 5 Pub 519 para 1040 NR ( http://www.irs.gov/publications/p519/ch05.html )? El tratado me daría una deducción estándar de $6100. No estoy seguro porque sus sitios como sprintax en Glacier Tax Prep no tomo esto en cuenta, entonces estoy calculando impuestos usándolos. ¿Existe un límite en la cantidad de años por los cuales puedo reclamar los beneficios del tratado?
Hay un límite en cuanto a la cantidad de años que puede reclamar los beneficios del tratado, y cuando tiene H1b, es residente a efectos fiscales (excepto durante el primer año en el que generalmente puede optar por no serlo).
Si no es residente, siempre puede detallar, no sé cómo "el tratado le daría una deducción detallada de $ 6100". Lo que el tratado indo-estadounidense puede brindarle en algunos casos es una deducción estándar (es decir, no detallada), que generalmente no está disponible para los no residentes.
Dado que está preguntando específicamente sobre la deducción ESTÁNDAR disponible para los estudiantes indios en virtud del tratado Indo-EE. UU., entonces la respuesta para esta pregunta específica es NO . Si durante alguna parte del año se encuentra en cualquier estado que no sea el que permite la deducción en virtud del tratado (es decir, cualquier estado que no sea F1/J1), no puede reclamar la deducción estándar .
Si presenta una declaración H1b como no residente, solo puede reclamar una deducción detallada .
Rohit Banga
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usuario102008
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