¿Impuestos por vender la propiedad de mi software/servicio web a otra persona?

No estoy incorporado, solo soy propietario único. Estoy basado en los EE.UU. Desarrollé un paquete de software y lo publiqué en la web. Recientemente, recibí una oferta para vender el servicio web y transferir todos mis repositorios (código, conocimientos, etc.) por $100k. Si acepto la oferta, ¿cómo procederé con esta transacción y qué tipo de impuestos debo anticipar? No tengo propiedad intelectual, solo soy el desarrollador del servicio web.

Siendo realistas, si estuvieran en juego $ 100k, definitivamente contactaría a un abogado para asegurarse de que todo se haga correctamente.
Espero que no hayas aceptado su primera oferta. Siempre debe negociar porque su primera oferta será mucho más baja de lo que finalmente está dispuesto a pagarle.
¡Este es un punto interesante, nunca pensado! ¡Gracias!

Respuestas (1)

En primer lugar, no indicaste si estás en los Estados Unidos o en otro país, pero mi respuesta supondrá que estás aquí en los EE. UU.

Si no está organizado como una LLC o corporación, entonces es un propietario único por defecto (y definición). Todo lo que recibas por tu producto estará sujeto al impuesto sobre la renta, ya que es pago por algo que produjiste, por lo que se reportaría como parte de tus ingresos.

Antes de la venta, ¿por qué no establecer una corporación o LLC, transferir el código del servicio web a la nueva entidad como parte de su aporte de capital y luego, cuando venda su producto, puede ser a través de la entidad corporativa? SI se establece como una corporación S, entonces solo pagaría impuestos sobre lo que se pague a sí mismo como salario (o tome como distribución) en lugar de la cantidad total de una sola vez. De esa manera, podría repartir el dinero a lo largo del tiempo (digamos 3 o 4 años) y no recibir un impacto fiscal tan grande por ello. Además, si lo hace bien, podría hacerse como una especie de dividendo en lugar de salario, por lo que solo pagaría impuestos sobre las ganancias de capital en lugar de impuestos sobre la renta.

¡Gracias! Sí, estoy en los EE. UU., sin embargo, mi trabajo actual me prohíbe formar una LLC. Sé que puedo hacerlo ignorando los acuerdos que he firmado, pero digamos que no quiero formar una LLC o una S - corp, sino que me iría como propietario único declarando al IRS el costo de la transacción como una parte de mis ingresos. ¿Cómo procederé con el trato? ¿Fijar una fecha, transferir el código, recibir el dinero y emitir un recibo simple en una hoja de papel declarando que recibí esta cantidad para este propósito?
Eso es lo suficientemente bueno, aunque aquí también hay un poco de pensamiento legal: es posible que desee incluir el entendimiento de que el comprador asume toda la responsabilidad legal que surja del uso de su producto y lo indemnizará contra todos y cada uno de los reclamos. De esta manera, si su código se usa para malos propósitos o termina creando algunos problemas potenciales, le brinda una posición legalmente defendible. No quiere asumir cómo su comprador usará el código o si se lo venderá a otros, por lo que hacer que acepten asumir la responsabilidad puede ayudarlo a protegerse de los reclamos presentados contra ellos.