Deducción de pensión alimenticia relacionada con la Ley de Empleos y Reducción de Impuestos de 2017 (TCJA)

Según un resumen de H&R Block ,

Deducción de pensión alimenticia para pagos realizados bajo órdenes ejecutadas después del 31 de diciembre de 2018. Para nuevas órdenes, la TCJA ya no permite que los pagadores deduzcan los pagos de pensión alimenticia ni exige que el beneficiario informe los ingresos por la pensión alimenticia recibida. (Los pagos bajo órdenes existentes están protegidos y pueden continuar siendo deducidos por el pagador y deben ser informados como ingresos por el destinatario).

Si se ejecuta un acuerdo de conciliación antes del 31 de diciembre de 2018, que especifica los pagos de pensión alimenticia que se realizarán, y un tribunal emite una sentencia de divorcio después del 31 de diciembre de 2018, ¿se considera que la pensión alimenticia está exenta de acuerdo con el extracto anterior?

Respuestas (1)

La sección 11051 de HR 1 dice:

SEGUNDO. 11051. DEROGACIÓN DE LA DEDUCCIÓN POR PAGO DE ALIMENTOS.

(a) EN GENERAL.—Se enmienda la Parte VII del subcapítulo B eliminando la sección 215 (y eliminando el elemento relacionado con dicha sección en la tabla de secciones para dicha subparte).

(b) ENMIENDAS CONFORMES.— [Omitido]

(c) FECHA DE VIGENCIA.— Las enmiendas hechas por esta sección se aplicarán a—

(1) cualquier instrumento de divorcio o separación (como se define en la sección 71(b)(2) del Código de Rentas Internas de 1986 vigente antes de la fecha de promulgación de esta Ley) ejecutado después del 31 de diciembre de 2018, y

(2) cualquier instrumento de divorcio o separación (tal como se define) ejecutado en o antes de dicha fecha y modificado después de dicha fecha si la modificación establece expresamente que las enmiendas realizadas por esta sección se aplican a dicha modificación.

26 USC 71(b)(2) dice :

(2) Instrumento de divorcio o separación

El término "instrumento de divorcio o separación" significa-

(A) una sentencia de divorcio o separación de alimentos o un instrumento escrito relacionado con dicha sentencia,

(B) un acuerdo de separación por escrito, o

(C) un decreto (no descrito en el subpárrafo (A)) que requiere que un cónyuge haga pagos para la manutención del otro cónyuge.

Vinculando todo esto, si su acuerdo de separación que requiere que pague la pensión alimenticia se ejecuta antes del 31 de diciembre de 2018, la pensión alimenticia parece seguir siendo deducible, incluso si el decreto de divorcio se emite después del 31 de diciembre. También parece que incluso puede continuar negociando ese acuerdo después del 31 como parte de su divorcio y, siempre que no aplique explícitamente las enmiendas realizadas por la Sección 11051 a su acuerdo de separación.

Sin embargo, si está pasando por un divorcio, espero que tenga un abogado. Sería una gran persona para preguntar acerca de esta interpretación.