He leído https://europa.eu/youreurope/citizens/travel/entry-exit/non-eu-family/index_en.htm y algunos de los documentos vinculados. No entiendo muy bien de dónde viene la siguiente advertencia:
Si vive fuera de la UE y los miembros de su familia que no pertenecen a la UE lo acompañan o viajan al país de la UE de su nacionalidad, las normas transfronterizas de la UE no se aplican necesariamente y es posible que a sus familiares que no pertenecen a la UE se les cobren tarifas de visa.
Específicamente, no puedo encontrar ninguna información sobre lo anterior en esta directiva: https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/HTML/?uri=CELEX:02004L0038-20110616&from=EN#tocId44
Alguien podría aclararme esto:
De hecho, la directiva establece lo siguiente, en el artículo 3(1):
La presente Directiva se aplicará a todos los ciudadanos de la Unión que se desplacen o residan en un Estado miembro distinto de aquel del que sean nacionales, y a los miembros de su familia, tal como se define en el artículo 2, punto 2, que les acompañen o se reúnan con ellos.
Esa es la fuente de la advertencia en Europa.eu: por defecto, las reglas simplemente no se aplican en su propio país. Pero el TJUE ha creado un montón de excepciones para que no puedan simplemente escribir que las reglas no se aplican en absoluto. El más famoso de estos casos, el caso Surinder Singh, extendió los derechos de libertad de movimiento a todos los que regresan a su país de ciudadanía después de ejercer esos derechos en otro lugar. Es por eso que el consejo menciona vivir fuera de la UE. Porque si vives en la UE, es muy probable que los derechos de libertad de movimiento se apliquen a ti y a tu familia, incluso en tu propio país.
Esa no es la única excepción tallada por la corte. Desafortunadamente, si va más allá del alcance obvio definido en la directiva (ciudadanos de la Unión en un país que no sea el suyo), comprender exactamente cuándo se aplican o no las normas de libre circulación requiere el seguimiento de una jurisprudencia en constante evolución.
Finalmente, algunos estados miembros también han extendido los mismos beneficios a la familia de sus propios ciudadanos en la legislación nacional. En otras palabras, la regla se aplica, no porque la UE lo exija, sino porque el país así lo decidió. Esa es otra forma en la que pueden aplicarse efectivamente más allá del alcance definido inicialmente en los tratados y la directiva.
Para obtener más información, puede ser útil consultar el sitio web de información pública de su país sobre la entrada y las visas. Algunos de ellos hacen un buen trabajo al reflejar la ley actual de la UE o, al menos, la interpretación del país de la ley de la UE. También reflejaría normas nacionales que son igualmente ventajosas cuando existen.
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Paweł Badenski
Relajado
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