En un escenario en el que una mujer rusa embarazada diera a luz mientras visitaba la Estación Espacial Internacional, y si diera a luz mientras estaba en el lado estadounidense de la ISS, ¿ese bebé sería un ciudadano estadounidense según la ley de ciudadanía estadounidense por nacimiento?
En otras palabras, ¿se aplica la ley de Ciudadanía por derecho de nacimiento de Estados Unidos al lado/secciones estadounidenses de la ISS?
Parece que
Dejando de lado las hipótesis absurdas, el Acuerdo Intergubernamental (IGA) especifica en el Artículo V:
[C]ada Socio conservará la jurisdicción y el control sobre los elementos que registre... y sobre el personal en o sobre la Estación Espacial que sean sus nacionales.
Este recurso de la ESA resume:
El Acuerdo Intergubernamental permite a los Estados Socios de la Estación Espacial ampliar su jurisdicción nacional en el espacio ultraterrestre, por lo que los elementos que proporcionan (por ejemplo, laboratorios) se asimilan a los territorios de los Estados Socios.
Para los astronautas/módulos de la ESA, creo que esto significa propiedad/jurisdicción de la UE.
Este artículo que entrevista a un "abogado espacial" lo explica esencialmente como:
múltiples embajadas flotando sobre nuestras cabezas
Creo que es justo decir que si una mujer rusa diera a luz en, digamos, el módulo Destiny, probablemente sería tratada de la misma manera que si hubiera entrado a los EE. UU. y dado a luz. Por supuesto, EE. UU. y Rusia podrían decir fácilmente que están haciendo una excepción al IGA por una situación poco ortodoxa y ese sería probablemente el final de la discusión.
No. Aunque, como se indica en otra respuesta, el lado internacional de la ISS está bajo la jurisdicción y el control de los socios relevantes, eso no significa que esos módulos sean TERRITORIO de los estados relevantes. Es muy parecido a las embajadas, que, a pesar del episodio de Los Simpson en sentido contrario, no son en absoluto territorio de su estado de origen, a pesar de estar sujetas a las leyes de su estado de origen. La Enmienda 14 de la constitución de los EE. UU. requiere haber nacido "en los Estados Unidos" Y estar sujeto a la jurisdicción de los Estados Unidos (por ejemplo, no ser un diplomático extranjero ubicado en los EE. UU.) para la ciudadanía por derecho de nacimiento. Los bebés en un módulo americano de la ISS cumplirían con el segundo criterio pero no con el primero.
Agregar una referencia a una excelente respuesta de SE sobre por qué los bebés nacidos en las embajadas de EE. UU. NO son automáticamente ciudadanos estadounidenses. Las mismas razones que he descrito anteriormente. https://politics.stackexchange.com/questions/2318/are-persons-born-in-us-embassies-us-citizens-if-their-parents-are-not-citiz
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