¿Cuáles son los requisitos mínimos si desea quedarse acampando en un terreno privado en España (especialmente en las Islas Canarias)? Tengo el permiso del propietario.
Me refiero a la ley: ¿Existen restricciones, especialmente si desea pasar algunas semanas acampando con sus hijos en un terreno privado (finca) sin ningún edificio para vacaciones?
¿No es necesario construir un baño? ¿Necesita una conexión de agua potable o es suficiente tener su agua potable de botellas?
Dependerá de en qué parte de España, ya que está regulado por el gobierno local (autonomías). Debe solicitar una autorización al municipio local (ayuntamiento), y probablemente deba pagar algún tipo de impuesto.
He estado tratando de encontrar una fuente autorizada pero, como el gobierno español está tan descentralizado, la regulación está tan fragmentada que no pude encontrar ninguna.
Editar después de aclaraciones
Respecto a Canarias. La normativa autonómica en Canarias se puede consultar aquí . El enlace es un poco viejo y está en español, pero no pude encontrar nada más nuevo. Por lo que pude deducir de otra parte, todavía está vigente.
La parte pertinente es el artículo 6.
Artículo 6. En cualquier caso, cuando se trate de acampadas en montes de particulares, el propietario de los mismos o aquellos que deseen acampar con permiso de la propiedad, deberá solicitarlo a la Viceconsejería de Medio Ambiente con una antelación de diez días.
Lo que significa que si se quiere acampar en una propiedad privada, los campistas o el propietario del terreno deben solicitar una autorización a la administración de medio ambiente con al menos 10 días de anticipación.
erik
diego sánchez
diego sánchez