¿Puedo viajar a Dinamarca con documentos de viaje para refugiados del Reino Unido?

Tengo documentos de viaje para refugiados del Reino Unido. ¿Puedo viajar a Dinamarca sin visado? Los he usado para entrar en Francia y Alemania sin visado. ¿Puedo viajar también a Suiza y España usando solo el documento de viaje para refugiados del Reino Unido?

Respuestas (2)

Depende del tipo exacto de documento de viaje. Si se trata de un “documento de viaje de convenio”, con esta carátula , la respuesta es sí.

La Sección IV de este documento (“Fritagelse for krav om visum”) detalla 26 categorías de personas que están exentas del requisito de visa en Dinamarca. Incluyen ciudadanos de varios países exentos de visa, titulares de un permiso de residencia en otro país Schengen, pasaportes para algunos de los muchos tipos de nacionalidad británica (ciudadano británico, BN(O), BOTC, BOC, BPP y sujeto británico), laissez-passers de ciertas organizaciones internacionales, etc. Incluye pasaportes de extranjeros de algunos países, pero no británicos.

El punto 19 es: Titulares de documentos de viaje válidos emitidos en virtud del convenio de 28 de julio de 1951 relativo al estatuto de los refugiados o del acuerdo de 15 de octubre de 1946 relativo a la expedición de un documento de viaje para refugiados, expedido por un país de la UE o Schengen, si el titular es residente legal del país emisor.

Algunas otras categorías para las que podría calificar según sus circunstancias particulares, según una lectura casual, son:

  1. Participantes en viajes escolares dentro de la UE, si el grupo está dirigido por un profesor al que se le ha emitido un formulario específico para viajes escolares de la UE.

  2. Apátridas y refugiados menores de 21 años nombrados en un pasaporte colectivo .

  3. Titulares de documentos de viaje expedidos por un país de la UE o Schengen en virtud del convenio de 1954 sobre el estatuto de los apátridas, que residan en el país emisor.

Si el artículo 19 anterior es una de las clases de personas que no necesitan una visa, entonces seguramente el OP califica, teniendo un documento de viaje válido emitido bajo la convención... por un país de la UE. ¿O entiendo mal?
@MadHatter Suponiendo que ese sea el tipo de documento que tiene OP, sí. Pero el “Certificado de viaje” también emitido por las autoridades británicas no parece calificar.

Cortesía de SkyTeam (mi envalentonamiento):

DINAMARCA

Se requiere visa . Están exentos de la posesión de visado:

Pasajeros con pasaporte de extranjero emitido por Estonia o Letonia para una estancia máxima de 90 días.

No aplicable cuando se viaja a las Islas Feroe. o Groenlandia.

El máximo. la estancia se concede dentro de los 180 días.

Información adicional:

Los visitantes deben tener prueba de fondos suficientes para cubrir su estadía (al menos 30 USD o 300 DKK por día de estadía prevista) y los documentos requeridos para su próximo destino.

Excepto si la declaración, escrita por un patrocinador que reside permanentemente en Dinamarca, está disponible a la llegada. Esta declaración debe ser firmada por el patrocinador a la llegada.

Importante:

A los visitantes que no tengan boletos de ida y vuelta se les podría negar la entrada.

Visas para viajar a las Islas Feroe. y/o Groenlandia deben estar endosados ​​como "Válido para las Islas Feroe", "Válido para Groenlandia" o "Válido para las Islas Feroe y Groenlandia".

SUIZA

Están exentos de la posesión de un visado :

Pasajeros con Documento de Viaje (Convención del 28 de julio de 1951) expedido a refugiados por Suiza.

Pasajeros con Documento de Viaje (Convenio de 28 de julio de 1951) expedido a refugiados por otro Estado miembro de Schengen para una estancia máxima de 90 días.

La estadía máxima se otorga dentro de los 180 días.

Pasajeros con Documento de Viaje (Convención del 28 de julio de 1951) emitido a refugiados por Irlanda (Rep.), Rumanía o Reino Unido .

Pasajeros con pasaporte de extranjero emitido por Estonia o Letonia para una estancia máxima de 90 días.

Información adicional:

A todos los pasajeros que ingresen a Suiza con un boleto de ida se les puede preguntar sobre el propósito y las condiciones de la estadía prevista. Pasajeros que ingresan con un boleto de ida que no tienen fondos suficientes para comprar un boleto de ida y vuelta o para cubrir su estadía en Suiza, o que no pueden proporcionar una dirección de un garante en Suiza (que será verificada por las autoridades de inmigración), o para justificar el propósito de la estadía prevista serán devueltos al punto de origen en el primer vuelo disponible, a cargo del transportista que los trajo a Suiza;

Los visitantes deben tener prueba de fondos suficientes para cubrir su estadía y los documentos requeridos para su próximo destino.

El aeropuerto de Ginebra (GVA) se encuentra en Suiza. En el aeropuerto de Ginebra, solo es posible entrar/salir del espacio Schengen a través de Suiza. Por lo tanto, los pasajeros deben tener documentos de entrada adecuados para Suiza.

En Basilea/Mulhouse/Friburgo (BSL), es posible entrar o salir del Espacio Schengen a través de Suiza o Francia. Los pasajeros deben tener los documentos de entrada adecuados para el país respectivo.

Importante:

A los visitantes que no tengan un boleto de regreso/continuación se les podría negar la entrada.

ESPAÑA

Visa requerida. Están exentos de la posesión de un visado :

Pasajeros con Documento de Viaje (Convenio de 28 de julio de 1951) expedido a refugiados por España.

Pasajeros con un Documento de viaje (Convención del 28 de julio de 1951) emitido a refugiados por Suiza u otro Estado miembro del EEE , para una estadía máxima de 90 días.

La estadía máxima se otorga dentro de los 180 días.

Pasajeros con pasaporte de extranjero emitido por Estonia o Letonia para una estancia máxima de 90 días.

La estadía máxima se otorga dentro de los 180 días.

Información adicional:

Los visitantes que viajen como turistas deben tener un comprobante de fondos suficientes para cubrir su estadía (62,40 EUR por día de estadía con un mínimo de 561,60 EUR, o el equivalente en otra moneda libremente convertible), una carta de invitación ("Carta de Invitación") o una confirmación de alojamiento en hotel y documentos requeridos para su próximo destino. Importante:

A los visitantes que no tengan un boleto de regreso/continuación se les podría negar la entrada.