Ingresé a los Estados Unidos con mi ESTA (sistema electrónico para autorización de viaje) desde Chile el año pasado legalmente. Antes de que pasaran 180 días, me casé. Nunca presentamos el estado de ajuste porque mi esposo ciudadano estadounidense no cumplió con los requisitos financieros. Después de exceder mi ESTA y no poder solicitar una tarjeta verde (y otros problemas), nos estamos divorciando.
Ahora quiero regresar a mi país pero habrá una prohibición de presencia ilegal de tres o diez años según mi situación.
¿Hay alguna forma de que pueda presentar una condonación o remoción de la barra si quiero volver como turista o antes de irme? ¿O antes de que se emita una deportación?
Escuché sobre I-601, Solicitud de exención de motivos de inadmisibilidad, pero no sé si se aplica a mi caso. No sé qué hacer y todavía estoy ilegalmente en los EE. UU. tratando de encontrar una manera de arreglar mi situación.
Si se enamora de otro ciudadano estadounidense y se casa y realiza el Ajuste de estatus en los EE. UU., no necesitaría una exención porque no tendría una prohibición si no saliera de los EE. UU., y es elegible para hacer el Ajuste de Estatus en esa categoría incluso si está fuera de estatus.
I-601 es la exención de inmigrante, que sería necesaria si salió de los EE. UU. y luego buscó inmigrar, pero aún se encuentra dentro del período de prohibición. Si desea visitar, necesita una exención de no inmigrante.
El proceso para una exención de no inmigrante es que usted solicitaría una visa de visitante en un consulado de EE. UU. en Chile, y si se le niega solo debido a la prohibición y no también debido a la intención de inmigrante, y si el oficial lo recomienda para una exención, ellos le mostrarán el proceso para solicitarlo. Pero existe una buena probabilidad en su situación de que también se le niegue por intención de inmigrante (para lo cual no hay exención) y/o el oficial no le recomiende una exención, en cuyo caso no tiene opciones.
Incluso después de que finalice la prohibición, aún tendrá que solicitar una visa de visitante (no será elegible para el Programa de exención de visa para siempre si se queda más tiempo), y aún existiría una buena posibilidad de que se le niegue la visa debido a la condición de inmigrante. intención, debido a su historial de exceso de estadía.
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Agustín de Hipona