Entonces, estoy solicitando una visa F1 para los EE. UU., y una de las preguntas en DS-160 dice:
"¿Alguna vez ha sido expulsado o deportado de algún país?"
Entonces, hace un par de meses, me dirigía a la ciudad de México a través de una escala en Barcelona, donde se me exigía una visa de tránsito aeroportuario. No sabía de esta regla y en consecuencia me enviaron de regreso a mi país (ya que no la tenía).
Mi pregunta es: ¿Esto cuenta como deportación/expulsión de un país? No estoy seguro de si responder la pregunta anterior sobre el DS 160 con un sí o un no. ¿Alguien ha tenido una experiencia similar antes de obtener su visa estadounidense? ¿Puede alguien compartir su consejo/opinión sobre esto? Gracias.
No, se le negó la entrada al Área Schengen debido a la falta de una visa necesaria.
No puede ser expulsado o deportado de un país cuando, oficialmente, nunca ingresó.
Estos términos se aplican solo en los casos en que usted:
El objetivo de la pregunta del DS 160 es determinar si ha cometido alguna actividad ilegal en otro país.
Una entrada denegada no se considera una actividad ilegal y no se pregunta en la pregunta DS 160. El formulario en sí utiliza el término admisión denegada en otro lugar.
Si desea tener mucho cuidado, responda sí, pero use el término de entrada rechazada con el motivo en el campo 'Explicar' del formulario.
¿ Alguna vez ha sido expulsado o deportado de algún país?
Para comprender cómo responder a esa pregunta, debe comprender, en un sentido legal , qué significan los términos utilizados o qué le sucedió en el pasado (que puede diferir de jurasdicción a jurasdicción)
eliminación
deportación
entrada denegada (o admisión denegada )
Ley alemana correspondiente:
Código de fronteras Schengen ANEXO VI 2.1.3 :
...
; en particular, podrán efectuarse controles en este ámbito a las personas sujetas a un visado de tránsito aeroportuario para comprobar que están en posesión de dicho visado.
Para el Área Schengen, la denegación de entrada se documentará en el pasaporte según se define en el Código de fronteras Schengen, Anexo V, Parte A 1(b, d) :
(b) estampar un sello de entrada en el pasaporte, timbrado con una cruz con tinta negra indeleble, y escribir frente a él en el lado derecho, también con tinta indeleble, la(s) letra(s) correspondiente(s) a la(s) razón(es) de la denegación entrada, cuya lista figura en el formulario normalizado de denegación de entrada antes mencionado;
d) registrar cada denegación de entrada en un registro o en una lista en la que consten la identidad y la nacionalidad del nacional de un tercer país en cuestión, las referencias del documento que autoriza al nacional de un tercer país a cruzar la frontera y el motivo y la fecha de, denegación de entrada.
El Código de fronteras Schengen, Anexo V, Parte B , contiene un formulario de denegación de muestra, donde se puede ver el significado de las posibles letras utilizadas.
Esto no debe confundirse con la invalidación de un sello de salida (doble tachado del símbolo del euro)
después de una denegación de entrada en el Reino Unido:
phoog
DavidApoyaMonica
Crazydre
phoog