¿Existe tal cosa como la Ley de Libertad de Información para la ESA?

¿Los datos producidos por la Agencia Espacial Europea están cubiertos por algo como la Ley de Libertad de Información como en los Estados Unidos?

Es decir, ¿están disponibles gratuitamente los datos producidos por los programas de la ESA como lo están los programas de la NASA?

La ESA no es una agencia espacial nacional, sino un conglomerado de muchas de ellas, la mayoría en el continente europeo, incluidos Canadá e Israel. Así que no sé qué (o de quién) análogo FoIA estás buscando cuando hablamos de ESA. Muchos podrían aplicar, dependiendo de qué naciones (y a menudo también entidades privadas) están involucradas con una misión específica y cuya IP u otros intereses necesitan protección y por cuánto tiempo, es decir, por el llamado período de propiedad , y cuando sus productos de datos ponerse a disposición del público. blogs.esa.int/rosetta/2014/07/16/acceso-a-los-datos-de-rosetta
Por cierto, FoIA no significa necesariamente que los productos de datos de las misiones de la NASA (o NOAA) estarán disponibles públicamente lo antes posible . Todo lo que hace es garantizar que en algún momento lo serán, siempre que, por supuesto, no se clasifiquen más y contengan información inadecuada para el consumo público (muchos productos de datos de observación de la Tierra de alta resolución entrarían en esa categoría). Consulte también en.wikipedia.org/wiki/Freedom_of_information_laws_by_country el concepto de las leyes de libertad de información no es específico de EE. UU. y algunos otros países las implementaron cientos de años antes.
FOIA, Schmoia: no es relevante cuando los archivos de datos completos se desconectan y luego se diezman (también conocido como NTRS y Big Red Scare).

Respuestas (1)

La Agencia Espacial Europea (ESA) está sujeta a los Reglamentos de la Agencia Espacial Europea . Uno de estos documentos es el ESA/REG/008 - Reglamento de Información, Datos y Propiedad Intelectual , cuyo objetivo se expresa a continuación:

Las Reglas sobre Información, Datos y Propiedad Intelectual, adoptadas por el Consejo el 19 de diciembre de 2001 bajo la referencia ESA/C/CLV/Rules 5 (Final), están diseñadas para promover el acceso a la información y los datos y para cubrir el uso de la Propiedad Intelectual. resultantes de las actividades de la Agencia, teniendo plenamente en cuenta las disposiciones del Convenio y los intereses de los Estados miembros y de las personas y organismos bajo su jurisdicción.

El Capítulo II, Sección II, inciso 1a establece:

Acceso y uso a reservar por la Agencia

La información, los datos y la propiedad intelectual resultantes del trabajo realizado en virtud de un contrato de la Agencia estarán a disposición de la Agencia y los Estados participantes, incluidas las personas y organismos bajo su jurisdicción, de forma gratuita, para los propios requisitos de la Agencia en el campo de la investigación y la tecnología espaciales y sus aplicaciones espaciales.

El documento de 24 páginas continúa detallando la regulación exacta de la divulgación de información, por lo que recomiendo leerlo si desea conocer reglas más específicas.

Fuente