Estoy en los EE.UU. en ESTA. ¿Debo salir de los EE. UU. antes de que terminen mis 90 días o debo esperar a que se apruebe la petición?

Soy ciudadano belga y estoy aquí en los EE. UU. para pasar las vacaciones con la familia de mi hija. Tengo ESTA y me permitieron quedarme hasta el 23 de febrero de 2017. Mi hija presentó una petición para un pariente extranjero (ese soy yo) (I-130) y aún está en proceso. ¿Debo irme antes de mis 90 días o debo esperar el resultado de la petición de mi hija? Nota: La solicitud de petición mencionó el 23 de febrero de 2017 como el último día en que puedo quedarme.

my.uscis.gov/helpcenter/article/… (no hay tiempo para escribir una respuesta ahora). ¿También se presentó un I-765?
Cuando pregunte sobre Expatriados, asegúrese de mencionar si la petición se presentó en relación con una solicitud de visa de inmigrante o con una solicitud de ajuste de estatus I-485. La respuesta depende de esta información.

Respuestas (2)

No mencionaste cuál es tu plan para emigrar.

Si quieren inmigrar sin salir de los EE. UU., deberían haber presentado la I-130 y la I-485 juntas. Si no presentó la I-485, puede presentarla ahora con el recibo I-130. Presentar el I-485 generalmente debería permitirle quedarse (aunque es un poco complicado cuando está en VWP ya que no puede impugnar una eliminación). Presentar la petición I-130 por sí sola no le da la posibilidad de quedarse.

Si, en cambio, desea irse y pasar por el procesamiento consular en el consulado de EE. UU. en el extranjero para obtener una visa de inmigrante, entonces no haría nada ahora y se iría y se comunicaría con USCIS para que cambien la petición de Ajuste de estatus a Procesamiento consular (ya que asumí que ibas a hacer AOS porque estabas en el país).

Intercambia antes de que se acabe el tiempo. El ajuste de estatus bajo ESTA para familiares inmediatos de los peticionarios (como en su caso) ha sido aprobado previamente, sin embargo, muchos también han sido denegados.

Lo que es particularmente peligroso de tratar de ajustar el estatus mientras se está bajo ESTA es que si se le niega, no tiene derecho a apelar ni a comparecer ante un juez de inmigración y se le puede deportar inmediatamente cuando se le niega la petición. Vea la nota de USCIS en el enlace.

http://www.immigration-lawyer-us.com/images/PM-602-0093.pdf

Por esta razón, si es posible, no querrá intentar ajustar el estado bajo un ESTA. Es mejor regresar a su país y pasar por el trámite consular, o regresar con una visa.

Mis mejores deseos.