¿Debo pagar impuestos sobre mis propias posesiones que llevo conmigo a Jamaica?

Estoy viajando a Jamaica para mi luna de miel el lunes de la próxima semana. Este artículo dice que los visitantes de Jamaica pueden necesitar pagar impuestos sobre ciertos artículos y seguir estos pasos para evitar hacerlo:

PASO 1: registre artículos de alto precio como computadoras portátiles, cámaras o relojes con la división de Aduanas y Patrulla Fronteriza de Seguridad Nacional (cbp.gov). Visite la oficina de CBP más cercana y solicite el Formulario 4457, el "Certificado de Registro de Efectos Personales Tomados en el Extranjero". Este certificado lo eximirá de pagar impuestos sobre un artículo con un número de serie único cuando ingrese a Jamaica.

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PASO 4 -q Muestre su Certificado de registro cuando declare su cámara, computadora portátil u otros artículos costosos registrados, y para evitar esto, se puede presentar un formulario gratuito ante la Patrulla de Aduanas y Fronteras de EE. UU. que demuestre la propiedad de los artículos a su llegada a Jamaica.

Creo que el formulario al que se hace referencia es este formulario , pero el formulario en el enlace dice que expiró el 29/02/2016.

Por supuesto, esto entra en conflicto con otras fuentes que he leído (en su mayoría anecdóticas) que dicen que normalmente nadie es revisado o gravado por este tipo de artículos, así que no sé qué pensar o si necesito prepararme.

Esta información la encontré en las Preguntas Frecuentes de la Aduana de Jamaica :

P) ¿Es costumbre cobrar impuestos sobre mis artículos personales, por ejemplo, cámaras y teléfonos celulares, que llevo conmigo en mis viajes al extranjero?

R) La Aduana puede cobrar aranceles sobre estos artículos si exceden su asignación libre de impuestos y no hay prueba de que estos artículos estaban en su posesión en su viaje de ida. Una forma de proporcionar esta prueba es declarar estos artículos en la oficina de Aduanas del aeropuerto antes de la salida de su vuelo.

Pero esta respuesta de preguntas frecuentes se refiere claramente a los ciudadanos jamaiquinos que viajan al extranjero, no a los visitantes que viajan a Jamaica.

En resumen, ¿podría tener que pagar impuestos sobre mi computadora portátil y/o cámara y cómo puedo evitar pagar estos impuestos sobre mis artículos personales cuando viajo entre Jamaica y los Estados Unidos? La experiencia anecdótica es aceptable siempre que pueda estar respaldada por experiencias específicas en el trato con la Aduana de Jamaica.

Estás leyendo información aplicable al viaje inverso , alguien que viaja de Jamaica a los EE. UU. y de regreso a Jamaica.
@MichaelHampton Eso tiene sentido, considerando que las preguntas frecuentes parecen estar dirigidas a los ciudadanos jamaicanos que viajan al exterior, no a los extranjeros que viajan a Jamaica. Acabo de encontrar el artículo que leí anteriormente que hacía referencia al formulario 4457, actualizaré la respuesta con el enlace.
El formulario 4457 es un formulario del gobierno de EE. UU. que se puede usar para demostrar que ya poseía ciertos artículos, especialmente equipos de alto valor. La idea es que un oficial de CBP lo firme antes de irse, luego, cuando regrese a los EE. UU., sabrán que no compró esos artículos en el extranjero y que el gobierno de los EE. UU. no le cobrará aranceles. Tendría que ir a una oficina de aduanas para que lo firmen, lo que puede ser un poco molesto. En la práctica, una gran cantidad de turistas visitan Jamaica todos los años con sus teléfonos celulares y cámaras de consumo sin incidentes.
@ZachLipton ¿Le importa convertir ese comentario en una respuesta?
@LegendaryDude Nunca he estado en Jamaica y realmente no tengo el conocimiento para dar una buena respuesta, así que prefiero dejar que alguien más lo haga si es posible. Solo quería dar algunos antecedentes sobre el Formulario 4457 y su uso.
No, no necesita pagar impuestos ni ningún artículo personal que viaje con usted en ambos sentidos, ya que no los está importando/exportando a efectos fiscales. El tecnicismo es que es posible que deba demostrar la posesión del artículo antes de la salida y/o llegada. Siendo realistas, miles de viajeros llevan $1000 en equipo personal sin hacer ninguna declaración, legítimamente.

Respuestas (1)

Según Jamaica Observer, las asignaciones son:

A todos los pasajeros mayores de 18 años se les permite lo siguiente:

  • US$500 libre de impuestos

sobre los efectos personales y del hogar;

  • Frasco de perfume de 170ml

  • Frasco de 340 ml de eau de toilette

  • 2 litros de bebidas alcohólicas

  • 200 cigarrillos o 50 cigarros o 230 gramos de tabaco procesado

** Línea roja frente a líneas verdes **

Si no ha superado sus asignaciones, procedería a la LÍNEA VERDE o la línea NADA QUE DECLARAR.

Sin embargo, si ha excedido sus límites o tiene equipaje no acompañado (lo que significa que ha enviado artículos para que lleguen después de haber aterrizado), DEBE pasar a la LÍNEA ROJA.

Si ha enviado artículos (barriles, cajas, jaulas, paletas, etc.), recuerde solicitar al representante de servicio al cliente en el mostrador de información un formulario C27 o amarillo. Después de completar este formulario, preséntelo junto con su formulario C5 y pasaporte al oficial de aduanas en la parte superior de la LÍNEA ROJA.

Recuerda que aunque no tengas nada que declarar en tu equipaje, siempre que lleves "equipaje no acompañado" deberás pasar a la línea roja.

Cuando vaya al puerto marítimo/desembarcadero/carga aérea para retirar su "equipaje no acompañado" recuerde traer el C27 (formulario amarillo) como prueba de que viajó. Si no ha utilizado su asignación de US$500.00 en su equipaje acompañado, su asignación libre de impuestos se transferirá a los artículos que haya enviado.

Si tiene "equipaje no acompañado" y no completó un formulario amarillo y pasó la Aduana a través de la LÍNEA VERDE, cuando vaya a pasar sus "artículos no acompañados" NO se considerarán sus franquicias. Esto se debe a que, al pasar por la Línea Verde, afirmó que no tenía "nada que declarar".

Después de ser procesados ​​por el funcionario de Aduanas, los pasajeros deben salir de la Sala de Aduanas de manera oportuna.

Al "Pasar Aduana" en el aeropuerto, los pasajeros deben recordar que hacer una DECLARACIÓN FALSA o declarar ARTÍCULOS COMERCIALES como EFECTOS PERSONALES resultará en una infracción de la Sección 209 y 210 de la Ley de Aduanas y se impondrán sanciones y la posible confiscación de bienes.

No dude en pedir ayuda a nuestros Representantes de Servicio al Cliente ubicados en el Mostrador de Información en la Sala de Aduanas.

Para obtener más información, visite el sitio web del Departamento de Aduanas de Jamaica, www.jacustoms.gov.jm, donde puede acceder a la ayuda en vivo haciendo clic en el enlace "Ayuda en vivo" o comuníquese con nosotros a través de nuestro equipo de respuesta rápida las 24 horas en quick.response@ jacustoms.gov.jm o 1-888-CUSTOMS.

No es un sitio oficial del gobierno pero más informativo en este caso que otros que lo son. Por lo tanto, no hay impuestos si lo que importa como efectos personales tiene un valor de hasta US $ 500. Si vale más que eso y planea exportar los artículos después de la boda, es posible que desee ponerse en contacto como se indicó anteriormente para verificar qué papeleo se requiere para evitar pagar impuestos a la entrada (tal vez un CPD), o para recuperarlo a la salida .