¿Cuenta la regla de pasaporte de 90 días para Austria si tengo un NIE español?

¿Qué probabilidades hay de que pueda subir a un avión de España a Austria con un pasaporte que caduque en menos de 90 días, si tengo una tarjeta de residencia de larga duración (NIE) válida para España (que demuestra que estoy legalmente vinculado a los países Schengen)?

Tengo reservado un vuelo a Austria en 10 días y no creo que pueda obtener un nuevo pasaporte tan rápido.

Respuestas (2)

La regla de los tres meses se aplica a quienes ingresan a la zona Schengen. Por lo tanto, no le aplica para este viaje.

La norma de los tres meses se impone en el Código de fronteras Schengen en el artículo 6, apartado 1, letra a), inciso i), que forma parte del capítulo 1, Cruce de fronteras exteriores y condiciones de entrada. (Digo "tres meses" en lugar de "90 días" porque eso es lo que dice el código: "...su vigencia se extenderá por lo menos tres meses después de la fecha prevista de salida..." ).

No está cruzando una frontera exterior, por lo que no está entrando en la zona Schengen, y este artículo no se aplica a usted. Por lo tanto, no debería tener problemas para abordar el vuelo.

Sin embargo, TIMATIC no está programado para reflejar este hecho, por lo que no importa qué tan correcto sea, probablemente no pueda usarse como un argumento para permitir el embarque (mientras que la información en mi respuesta definitivamente sí puede). Además, los 3 meses no se aplican si tiene un permiso de residencia, incluso si ingresa a Schengen
@Coke "la [regla] de 3 meses no se aplica si tiene un permiso de residencia, incluso si ingresa a Schengen": ¿tiene una referencia para eso? El Código de fronteras Schengen dice que la regla de los tres meses puede (de hecho, debe) aplicarse si la persona ingresa a Schengen con un propósito que no sea el tránsito al país que emitió la tarjeta de residencia. Entonces, si Sonia estuviera tratando de ingresar a Austria en medio de unas vacaciones en Serbia, se le debería negar la entrada. ¿Le sucederá esto a alguien? Lo dudo mucho; es un resultado sin sentido. Pero eso es lo que dice.
Posiblemente, pero TIMATIC publica la práctica real en la frontera (a diferencia de la ley formal, siempre que haya una diferencia, que mi contacto de IATA ha dicho que no es infrecuente en absoluto), y es lo que pasa por el registro. No van a hojear el Código de Fronteras Schengen
@Coke Desafortunadamente, podría ser una práctica real en el aeropuerto de salida, pero ¿qué base tiene para afirmar que es la práctica en la frontera ? Es más probable que los guardias fronterizos se refieran al código de fronteras Schengen que a alguna base de datos aleatoria de la IATA.
El Artículo 6(5)(a) de @phoog da cierto margen para excepciones a la regla de los tres meses para los titulares de un permiso de residencia.
@Relajado, eso es lo que quise invocar cuando dije "para un propósito que no sea el tránsito", que, por lo que puedo ver, es la única excepción proporcionada por 6 (5) (a).
@Relaxed Sin embargo, TIMATIC se basa en información de las autoridades fronterizas, por lo que la información no se compone simplemente de los extremos traseros de IATA. Además, OP preguntó sobre el abordaje del vuelo, para el cual TIMATIC es el factor determinante.
@phoog "¿pero qué base tiene para afirmar que es la práctica en la frontera?" Mi contacto de IATA (el gerente de abastecimiento) ha sido muy claro al decirme que TIMATIC se trata de regulaciones de facto que se aplican en la frontera, sobre las cuales las autoridades fronterizas pertinentes les informan.
@Coke Eso es lo que siempre supuse... pero eso no es lo mismo que la práctica real en la frontera, de ahí mi pregunta.
@Relajado ¿La diferencia es? Publicaría un enlace para continuar en el chat, pero no sé cómo hacerlo.
@Coke Guardias fronterizos mal informados, por ejemplo. La práctica real en la frontera es lo que sucede en la frontera, la información de las autoridades fronterizas pertinentes es la interpretación de la ley por parte de alguien en una oficina ministerial en algún lugar. Las diferencias entre los dos tampoco son infrecuentes.
@Coca-Cola, pero la "práctica real en la frontera" puede variar de un país a otro, ¿no es así? El enlace para continuar en el chat aparecerá en algún momento (probablemente muy pronto) después de hacer clic en el enlace "añadir un comentario".
@Relajado, admito que las fuentes pueden estar equivocadas en casos excepcionales (tuve que regañar a los daneses continentales por proporcionar información incorrecta sobre las Islas Feroe en un asunto específico, que se corrigió cuando le pedí a la policía de las Islas Feroe que notificara a IATA). Sin embargo, está escrito consistentemente en TIMATIC, con respecto a todos los estados Schengen, que los pasaportes de los titulares de permisos de residencia solo deben ser válidos a la llegada. Esto, combinado con el factor lógico, no me da motivos para dudar de que sea correcto.

Según TIMATIC, la base de datos utilizada por el personal de facturación:

Los pasaportes y otros documentos aceptados para la entrada emitidos a residentes en España deben ser válidos a la llegada.

Por lo tanto, solo necesita un pasaporte válido a la llegada (y un permiso de residencia) porque tiene un permiso de residencia Schengen.

Para los ciudadanos estadounidenses sin permiso de residencia Schengen, TIMATIC establece en cambio:

Los pasaportes y otros documentos aceptados para la entrada deben ser válidos por un mínimo de 3 meses más allá del período de estadía previsto

Esa es la diferencia

Hola. Gracias. Tanto el pasaporte estadounidense como mi NIE español serán válidos durante todo mi viaje (de España a Austria y viceversa), pero el pasaporte caduca a los 2 meses de mi fecha de viaje (no a los 3).
¿Se considera mi pasaporte "válido" si ese es el caso? Gracias.
@Sonia Cuando dice "válido a la llegada" significa que no se necesita más tiempo. Es porque tienes un permiso de residencia Schengen.