Antecedentes: la persona está casada con un ciudadano del EEE. Actualmente viven fuera de Europa. Viajan juntos al Reino Unido.
¿Necesitan mostrar algún comprobante de ingresos, reserva de hotel, devolución o seguro médico para la solicitud? ¿O a la llegada? ¿El ciudadano del EEE necesita mostrar evidencia de un posible empleo?
La fuente oficial solo menciona pasaportes, certificado de matrimonio y foto. Sin embargo, he oído hablar de estos otros requisitos, incluso de consulados de otros países de la UE (no sobre el Reino Unido en ese caso). ¿Realmente no son necesarios para el Reino Unido? ¿ La gente simplemente lo confunde con la visa de visitante estándar más común (que los requiere)? ¿O es recomendable, aunque no obligatorio, tenerlos porque los criterios de aceptación son subjetivos?
No, no se requiere nada de esto, ni en el Reino Unido ni en ningún otro lugar de la UE/EEE (excepto en el país de origen de esa persona). Se sabe que algunos consulados cometen errores, pero eso es una clara violación de la legislación de la UE. No tiene nada de subjetivo e incluso es una de las historias de muestra en la descripción general de la Comisión Europea sobre los derechos de libre circulación en relación con los miembros de la familia que no pertenecen a la UE .
Certificado de matrimonio suficiente para obtener una visa
Thomas es irlandés y vive en Bielorrusia con su esposa Delia, de nacionalidad bielorrusa. Cuando quisieron visitar a la madre de Thomas, que ahora vive en España, solicitaron un visado de entrada para Delia.
Ella incluyó su certificado de matrimonio en la solicitud, pero las autoridades españolas también pidieron prueba de alojamiento en un hotel en España y seguro médico antes de emitir la visa.
Sin embargo, cuando Delia señaló que la legislación de la UE no exigía tales documentos adicionales, las autoridades españolas se disculparon por su error y le emitieron inmediatamente el visado de entrada.
Por supuesto, en ocasiones puede ser difícil obligar a los consulados a reconocer sus derechos. Un recurso para ayudarlo con eso si una carta educada no es suficiente es el servicio Solvit de la UE.
Estoy compartiendo documentos que encontré para respaldar la respuesta de @Gala:
La DIRECTIVA 2004/38/EC , la base de la libre circulación de la UE, dice que a los miembros de la familia se les permitirá la entrada, pero se les puede solicitar una visa según las leyes nacionales. Eso es contradictorio y debe ser la fuente de toda confusión.
Ahora, una Directiva de la UE define los objetivos, y deben ser implementados (o "transpuestos") por la legislación nacional, que definirá los medios para lograr esos objetivos.
Más adelante, una " Comunicación de la Comisión Europea " dice que "la transposición general de la Directiva fue bastante decepcionante" y (esta comunicación) pretende "orientar para una mejor transposición y aplicación". Ahora bien, este documento proporciona muchos más detalles sobre la entrada de familiares de terceros países. Según él, tienen derecho a obtener una visa si es necesario. Y sólo se podrá pedir pasaporte y prueba de vínculo familiar, “no se podrá exigir prueba de alojamiento, recursos suficientes, carta de invitación o billete de vuelta”
Por lo que yo sé, una directiva tiene efectos jurídicos : cuando la legislación nacional no la aplica, las personas pueden acudir (y lo han hecho) a los tribunales contra los Estados miembros. Sin embargo, no he encontrado ninguna fuente sobre si una "Comunicación" tiene o no el mismo valor. Espero que sí, de lo contrario, los Estados miembros pueden simplemente ignorarlo y no tiene sentido.
Dicho esto, también podría ser bueno consultar las leyes específicas del Reino Unido que implementan la Directiva.
Víctor Basso
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Gala
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