¿Cuál es nuestra opción en la presentación de la declaración de impuestos?

Me casé en junio de 2019 con un ciudadano estadounidense y recientemente solicité un ajuste de estatus. Vivimos juntos actualmente con su hija de 9 años y no puedo trabajar porque todavía no he recibido mi EAD.

Cuando mi esposa presenta su declaración de impuestos, ¿puede presentarla como cabeza de familia?

Agregue el país y, si corresponde, la jurisdicción, ya que cada lugar tiene sus propias leyes fiscales. Por ejemplo, no estoy seguro de que la nacionalidad de su esposa importe tanto al declarar los impuestos australianos si es residente de Australia a efectos fiscales, pero si no estuviera hablando de Australia, eso es discutible.
¿Cuándo llegaste a los Estados Unidos?

Respuestas (2)

Suponiendo que permaneció en los EE. UU. todo el tiempo después de ingresar, cumple con la Prueba de presencia sustancial para 2019, por lo que es un extranjero residente (aunque podría ser un extranjero de doble estado para 2019 (residente solo desde la entrada) si llegó a mediados de año).

Si tiene doble estatus, puede usar Elegir el estatus de extranjero residente para ser tratado como residente durante todo el año y presentar la declaración como casado que presenta una declaración conjunta con su esposa. Entonces, no importa si tiene doble estatus o si es residente durante todo el año, pueden presentar una declaración conjunta como casados ​​y reclamar a su hijastra como dependiente. Suponiendo que no tenga un SSN, solicitaría un ITIN junto con su declaración de impuestos. (O, si no desea solicitar un ITIN, puede esperar hasta que obtenga un SSN para presentar declaraciones de impuestos, solicitando una prórroga de los impuestos si es necesario; o presentar primero por separado y luego modificarlo de manera conjunta una vez que tenga un SSN.)

O bien, pueden presentar por separado. Usted presentaría una declaración como Casado que presenta una declaración por separado (lo que podría significar que no tiene que presentar una declaración si no tiene ningún ingreso), y su esposa presentaría una declaración como Casado que presenta una declaración por separado, reclamando a su hija. No necesita solicitar un SSN en este caso, ya que su esposa puede escribir "NRA" donde le pide su SSN/ITIN. Casi siempre es más beneficioso desde el punto de vista fiscal presentar una declaración como casado que presenta una declaración conjunta que como casado que presenta una declaración por separado.

En cuanto a si puede presentar Casado Presentar Separado y ella presentar Jefe de Familia, reclamando a su hija, eso es más complicado. Solo puede presentarse como cabeza de familia si se la "considera soltera". Aunque está casada, aún se la puede considerar soltera si vivieron separados durante los últimos 6 meses del año (ella no lo hizo) o si está casada con un extranjero no residente durante cualquier parte del año. Lo último sería cierto si usted es un extranjero de doble estatus durante el año (es decir, si llegó por primera vez a mediados de año).

Como usted está casado, sí, ella debería poder presentarse como Casado con usted y su hija como sus dos dependientes, si cumple con la prueba de presencia sustancial.

Como parte de la declaración de impuestos, ella le pedirá que obtenga un ITIN, que luego será sustituido por un SSN después de que obtenga su EAD.

Compruebe si su tiempo en los EE. UU. es lo suficientemente largo para la presencia sustancial. Si vive fuera de los EE. UU., aún no sería parte de su declaración de impuestos.

De las instrucciones 1040: “si usted era un extranjero no residente o un extranjero de doble estatus y estaba casado con un ciudadano de los EE. UU. o un extranjero residente a fines de 2018, puede elegir ser tratado como un extranjero residente y presentar una declaración conjunta. Ver Pub. 519 para más detalles.” Lo más probable es que esto sea ventajoso.
Un cónyuge nunca puede ser un dependiente.
@prl ¿estás seguro? Han pasado un par de décadas, pero estoy bastante seguro de que reclamé a mi esposa como dependiente cuando estaba en casa con los niños.
@Ron, probablemente presentó una declaración conjunta. En una declaración conjunta, el cónyuge no es un dependiente, es un igual. Si presenta la declaración de casado por separado, no puede poner a su cónyuge como dependiente. El jefe de familia (posible si el cónyuge es un extranjero no residente) tampoco permite que su cónyuge sea dependiente, hasta donde yo sé.