Canadian permaneció 6 meses en EE. UU. y regresó a Canadá. Quiere volver a EE. UU. antes de que pasen 6 meses de estar fuera de EE. UU.

Soy Canadiense. Me quedé 6 meses en EE. UU. y regresé a Canadá. Quiero volver a EE. UU., pero todavía no he estado fuera de EE. UU. durante 6 meses.

¿Cómo puedo hacer eso? Sé que cuando estás en EE. UU., puedes solicitar una extensión. ¿Puedes hacer eso desde fuera de los EE. UU.? ¿Y cómo funciona la extensión? ¿La extensión es válida desde el momento en que se aprueba o desde el momento en que me fui de EE. UU.?

Además de las preocupaciones de inmigración, corre el riesgo de ser considerado residente de los EE. UU. a efectos fiscales. Si eso podría ser un problema, puede consultar la información del IRS .

Respuestas (2)

Puede ir a un puerto de entrada de EE. UU. y simplemente solicitar la entrada como visitante en cualquier momento. No existe una regla que diga que no puede ser admitido en los EE. UU. antes de haber estado fuera durante un cierto período de tiempo. En teoría, puede permanecer en los EE. UU. durante 6 meses, salir de los EE. UU. y luego, 1 minuto más tarde, dar la vuelta y tratar de ingresar a los EE. UU. nuevamente. Y está legalmente permitido que el oficial lo admita por otros 6 meses. Y no hay ninguna regla que diga que no puedes volver a hacer esto al final de esa estadía, y así sucesivamente.

Cada vez que solicita la entrada como no inmigrante, el oficial puede negarle la entrada si determina que no superó la presunción de intención de inmigrante. Una estadía prolongada seguida de una visita poco después podría aumentar la probabilidad de que el oficial determine que usted no ha superado la presunción de intención de inmigrante. Pero esta es una determinación subjetiva, que puede variar de un caso a otro y de un oficial a otro. No hay garantía de que pueda ingresar después de un período prolongado fuera de los EE. UU., y no hay garantía de que no pueda ingresar después de un período corto fuera de los EE. UU.

Sé que cuando estás en EE. UU., puedes solicitar una extensión. ¿Puedes hacer eso desde fuera de los EE. UU.?

No. Puede solicitar una extensión de estatus utilizando el formulario I-539 de USCIS, pero la solicitud se cancelará automáticamente una vez que abandone los EE. UU. (ya que no hay más estatus para extender). No puede extender su estatus mientras está fuera de los EE. UU. ya que no tiene estatus.

¿Y cómo funciona la extensión? ¿La extensión es válida desde el momento en que se aprueba o desde el momento en que me fui de EE. UU.?

La extensión es válida mientras sea aprobada (usted recibe un aviso de aprobación de USCIS) y es válida hasta la fecha que especifica el aviso de aprobación. Si se deniega la solicitud, su estado vence en la fecha de vencimiento original del estado. Puede permanecer en los EE. UU. mientras la solicitud está pendiente, pero si su estado vence y la solicitud de extensión termina siendo denegada, corre el riesgo de terminar en un estado de estadía prolongada.