Soy un ciudadano indio que vive y trabaja en el Reino Unido desde hace 5 años. Tengo un permiso de residencia de nivel 2 en el Reino Unido con un pasaporte indio.
Tengo muchas ganas de visitar Sofía, Bulgaria, de camino a Belgrado, Serbia, en agosto de 2015. Como tengo un visado emitido por el Reino Unido (que forma parte de la UE) y soy residente aquí, ¿necesito todavía un visado Schengen? ¿Visa para visitar Sofía, Bulgaria y luego a Belgrado, Serbia?
Se menciona en los sitios web de sus embajadas, que si hay una visa de nación miembro de la UE, ¿no necesito un Schengen para estos países?
Sería muy útil, si alguien puede proporcionar la respuesta a mis preguntas pronto, por favor.
Como indicó @Relaxed, Bulgaria y Serbia no son parte del área Schengen (todavía). Ambos te dejarán entrar si tienes una visa Schengen, pero no es obligatorio.
Necesita una visa local para Bulgaria, parece que no le importa su estado en el Reino Unido, pero Serbia lo dejará entrar.
Bulgaria ( referencia )
Última actualización: 03.06.2015
Country Visa is required India Yes
El 25 de enero de 2012, el Consejo de Ministros de la República de Bulgaria adoptó una decisión según la cual a partir de la fecha de adhesión de Bulgaria al espacio Schengen, nuestro país aplicará unilateralmente un sistema sin visado para los titulares de visados Schengen válidos. Tendrán derecho a entrar y residir en la República de Bulgaria por un período no superior a tres meses en cualquier período de seis meses a partir de la fecha de la primera entrada, sin necesidad de tener un visado búlgaro de corta duración. La decisión entró en vigor el 31.01.2012.
Serbia
En su reunión del 30 de octubre de 2014, el Gobierno de la República de Serbia adoptó la Decisión sobre la entrada sin visado a la República de Serbia para los titulares de pasaportes extranjeros que tengan un visado válido de Schengen, el Reino Unido y otros Estados miembros, o un visado de los Estados Unidos Estados Unidos de América, y para los titulares de pasaportes extranjeros con permiso de residencia en los países del espacio Schengen, UE o Estados Unidos de América, que fue publicado en el "Boletín Oficial de RS", N° 119 de 31 de octubre de 2014 y que entrará en vigor el 8 de noviembre de 2014
pbu
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