Estoy gestionando el reemplazo de una bañera con una ducha para mi madre en su condominio. La HOA está exigiendo un grado de ducha de 1 pulgada por pie que parece demasiado elevado para una persona con discapacidades. ¿Cuál es el grado estándar y la altura de la acera para una ducha que cumple con la ADA?
https://www.ada.gov/regs2010/2010ADAStandards/2010ADAstandards.htm
608.7 Umbrales. Los umbrales en los compartimentos de ducha de tipo para sillas de ruedas deben tener una altura máxima de 13 mm (1/2 pulgada) de acuerdo con 303. En los compartimentos de ducha de tipo transferencia, los umbrales de 13 mm (1/2 pulgada) de altura máxima deben ser biselados, redondeados o verticales. .
Se permite que las rampas (en general) tengan una duración de 1:12 (aunque se recomienda que sean menos empinadas), pero las áreas que se consideran giros de sillas de ruedas, transferencias, estacionamiento, etc. están limitadas a 1:48. No hay nada específico para el "grado del piso de la ducha", pero dependiendo de cómo se pretenda usar (o se pretenda que sea CAPAZ de usarse), se podría aplicar la limitación de 1:48; sigue siendo perfectamente bueno para el drenaje (1/ 4" por pie.) 1:12 no es particularmente cómodo para la gente normal, y es mucho más de lo que se requiere para el drenaje de plomería.
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