¿Cuáles son los requisitos del código para instalar un ventilador de techo junto a un rociador contra incendios?

Tengo un rociador contra incendios en el techo de mi habitación, que está justo en el medio. Quiero instalar un ventilador de techo. ¿Cuáles son los requisitos del código a seguir?

Creo que hay un espacio libre de 24" desde el rociador horizontalmente y 18" verticalmente. Entonces, si las aspas del ventilador están a 18" por debajo del rociador y el motor está a 24" de distancia. Tendrías un fanático gigante, pero estarías dentro del código. NFPA 13 cubre esto, por lo que pude encontrar, pero no tengo una copia. Lo mejor es preguntar a su gobierno local.
Relacionado (incluye la cita NFPA 13D que buscaba)

Respuestas (2)

Depende de qué jurisdicción tenga autoridad donde esté haciendo el trabajo. Se aplica algún tipo de código eléctrico, pero no hay nada inusual involucrado. Hay un requisito para que el ventilador esté anclado de forma segura a la estructura. Podrían ser códigos eléctricos, mecánicos o de construcción. Es poco probable que sean muy específicos, "anclados de forma segura" serán aproximadamente todos los detalles que verá.

El problema principal es la cabeza del rociador. Parece que cada jurisdicción tiene sus propios requisitos, aunque al menos en los EE. UU., la Asociación Nacional de Protección contra Incendios (NFPA) publica un código modelo que la mayoría de las jurisdicciones adopta por referencia o basa su propio código en él.

La disposición principal aquí será que no se puede instalar nada que obstruya el patrón de dispersión del cabezal rociador, lo que normalmente significa que el cabezal debe estar más bajo que el ventilador. Sin embargo, se podría argumentar que si el ventilador estuviera montado en un tubo angosto, se podría obtener una mejor dispersión con la cabeza a la altura del techo porque la cabeza es más alta y el tubo proporciona una obstrucción mínima. Este argumento puede o no ser viable, dependiendo de dónde estén ubicados exactamente los dos componentes entre sí.

Dado que se trata de un juicio, solo la autoridad competente puede tomar tal decisión.

Dado que se encuentra en una ocupación residencial, tendrá cabezales de rociadores de tipo residencial, lo que significa que se aplica la NFPA 13, sección 8.10.6.2.1.3 (o la cita equivalente en NFPA 13R o NFPA 13D):

8.10.6.2.1.3* A menos que se cumplan los requisitos de 8.10.6.2.1.4 a 8.1 0.6.2.1.9, los rociadores deben colocarse lejos de las obstrucciones a una distancia mínima de cuatro veces la dimensión máxima de la obstrucción (p. cuerdas, tubería, columnas y accesorios). La distancia libre máxima requerida debe ser de 36 pulgadas (0,91 m) de acuerdo con la Figura 8.10.6.2.1.3.

NFPA 13 Figura 8.10.6.2.1.3

"dimensión máxima del [accesorio]" ¿Sería ese el diámetro de la hoja o el tamaño del motor? Si se trata del diámetro de la hoja, es probable que los rociadores deban instalarse fuera del edificio. Imagine un ventilador de 96", donde la cabeza del rociador tendría que estar a 32 pies de distancia, posiblemente en la casa de un vecino... Pero luego se aplica el máximo de 36", invalidando por completo la idea de obstrucción.
@SO_fix_the_vote_sorting_bug: lo que rige aquí es el tamaño del motor, ya que las aspas del ventilador > 50 % abiertas se pueden ignorar para determinar la obstrucción del rociador (consulte 12.1.10.2.1.9)