¿Cómo puede registrarse en otro país de la UE como demandante de empleo?

Soy un ciudadano holandés que está recibiendo beneficios de desempleo temporales. Recibiré estos beneficios durante 3 meses. Al final del primer mes de mis beneficios, me mudaré a Italia para buscar trabajo. Sé que esto es posible y también he recibido permiso y un "formulario U2" de mi oficina de desempleo local. También soy consciente de que, como demandante de empleo, no necesito registrarme como residente durante los primeros 6 meses .

Sin embargo, quiero registrar mi residencia en Italia. Necesito esto porque eventualmente quiero ir a mi municipio local para obtener un documento oficial que indique que estoy registrado y vivo en esa dirección en Italia. Enviaré este documento oficial a otra organización en los Países Bajos como prueba de mi residencia en Italia.

Mirando a través de la legislación de la UE y otra información, no puedo encontrar una categoría para el registro de solicitantes de empleo. Por ejemplo, mirando las preguntas frecuentes de la Comisión Europea sobre los derechos de los ciudadanos de la UE :

¿Qué documentos me pueden pedir para obtener el certificado de registro?

Documento de identidad o pasaporte en vigor y prueba de que cumples las condiciones para el derecho de residencia, según tu situación: constancia de contratación o certificado de trabajo, o prueba de actividad por cuenta propia, si eres trabajador por cuenta ajena; comprobante de matriculación en un establecimiento educativo acreditado y de la cobertura del seguro de enfermedad integral, más una declaración o prueba de que tiene recursos suficientes, si es estudiante; en su defecto, acreditación de la cobertura del seguro de enfermedad a todo riesgo y de recursos suficientes.

Esta respuesta cubre a trabajadores (no aplica), cuenta propia (no aplica), estudiante (no aplica) o persona con recursos suficientes para no trabajar (no aplica).

Entonces, ¿hay alguna manera de registrar su residencia como demandante de empleo en otro estado miembro de la UE?

La página a la que enlaza es un poco extraña porque habla de esta exención de registro de seis meses, pero para la legislación de la UE solo cita la directiva 2004/38/EC, que prevé una exención de tres meses . Supongo que hay una exención de seis meses en alguna parte de la legislación que concierne específicamente a los solicitantes de empleo, pero no sé cuál es esa legislación.

Respuestas (1)

En primer lugar, hay dos tipos de registro aquí. Uno es el registro de su residencia con el municipio, que algunos estados no tienen. Por ejemplo, no existe tal registro en el Reino Unido. Este registro es la razón por la que se dice "algunos países de la UE exigen que informe de su presencia aquí a las autoridades competentes en un plazo razonable después de su llegada: a menudo en el ayuntamiento o en la comisaría local". Esto es análogo al registro BRP holandés y, de hecho, si sigue el enlace, verá que los Países Bajos requieren el registro BRP para los ciudadanos de la UE que permanezcan más de cuatro meses.

El otro tipo de registro es el registro ante las autoridades nacionales de inmigración. Los países con los que estoy familiarizado no exigen esto a todos los ciudadanos de la UE, excepto como requisito previo para registrar a miembros de la familia que no pertenecen a la UE. El segundo tipo de registro es el que requiere ser trabajador, autónomo, estudiante o autosuficiente. (Esa lista proviene del artículo 7 de la Directiva 2004/38/EC ).

Entonces, para ese segundo tipo de registro, parece que no puede registrarse hasta que realmente encuentre un trabajo. El derecho de los solicitantes de empleo a permanecer en otro país de la UE durante más de tres meses, en la medida en que está presente en la directiva, parece derivarse del artículo 14 y no del artículo 7, porque la lista del artículo 7 no incluye a los solicitantes de empleo. Las categorías del artículo 7 tienen derecho directo a permanecer más de tres meses. Por el contrario, el Artículo 14 dice (con partes irrelevantes eliminadas):

Artículo 14

Conservación del derecho de residencia

  1. Los ciudadanos de la Unión y sus familiares tendrán el derecho de residencia previsto en el artículo 6 [es decir, prácticamente incondicional durante un máximo de tres meses], siempre que no se conviertan en una carga irrazonable para el sistema de asistencia social del Estado miembro de acogida. .

  2. Los ciudadanos de la Unión y sus familiares tendrán el derecho de residencia previsto en los artículos 7... siempre que cumplan las condiciones allí establecidas [es decir, que estén en una categoría de la lista que no incluye a los demandantes de empleo] .

...

  1. ...

  2. No obstante lo dispuesto en los apartados 1 y 2 y sin perjuicio de lo dispuesto en el Capítulo VI, en ningún caso podrá adoptarse una medida de expulsión contra ciudadanos de la Unión o sus familiares si:

(a) ..., o

b) los ciudadanos de la Unión entraron en el territorio del Estado miembro de acogida para buscar empleo. En este caso, los ciudadanos de la Unión y sus familiares no podrán ser expulsados ​​mientras los ciudadanos de la Unión puedan demostrar que continúan buscando empleo y que tienen posibilidades reales de hacerlo.

Desconozco el origen del límite de seis meses mencionado en la página a la que se vinculó, pero es posible que provenga de alguna otra ley. Como puede ver arriba, la directiva en sí prevé que un solicitante de empleo (que puede demostrar que la búsqueda es razonable) puede permanecer en el país de acogida indefinidamente, sin un derecho formal para hacerlo, siempre que la búsqueda siga siendo razonable. prohibiendo la emisión de una orden de expulsión del demandante de empleo.

El resultado de esto es que es posible que pueda registrar su suposición de residencia en el municipio incluso antes de que esté calificado según el Artículo 7. Esto parece llamarse cambio di residenza ("cambio de residencia"). Por ejemplo, encontré páginas relevantes en los sitios web de Piacenza y Roma .

Por el contrario, las páginas que tratan del artículo 7 en esos sitios son Attestazione di regolarità del soggiorno per cittadini comunitari ("Atestiguación de regularidad de residencia para ciudadanos comunitarios") de Piacenza y ATTESTATO DI SOGGIORNO per i cittadini comunitari già residenti nel Comune di Roma ("CERTIFICADO DE RESIDENCIA para ciudadanos comunitarios ya residentes en el Municipio de Roma") de Roma.

El registro de cambio di residenza , al parecer, debería satisfacer a la organización en los Países Bajos. De lo contrario, podría intentar preguntarse qué aceptarían si se mudara a un país que no tiene ningún registro residencial municipal, como el Reino Unido, y enviárselo.